Sentencia nº 44-S-2011-P-TA de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 16 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2012
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia44-S-2011-P-TA
Tipo de ProcesoSuplicatorio

44-S-2011-P-TA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas con quince minutos del día dieciséis de febrero de dos mil doce.

Por recibidos nota con referencia PGR-145-2011 y oficio con referencia Of. 392012, procedentes, la primera, de la Procuraduría General de la República de Costa Rica y, el segundo, de la Fiscalía General de la República de El Salvador, así como la documentación relacionada en los mismos, vinculados todos a una solicitud de asistencia legal mutua a efecto de que nuestras autoridades proveyeran distintos documentos relacionados a unas diligencias de investigación formuladas por las autoridades competentes de la República de Costa Rica Vistos los documentos, esta Corte hace las siguientes consideraciones:

De la lectura del expediente que conforma la presente comisión rogatoria, se advierte que, inicialmente, la Procuraduría General de la República de Costa Rica solicitó a esta Corte dar curso a una petición de asistencia legal mutua, a efecto de que las autoridades salvadoreñas competentes facilitaran distintos documentos vinculados a la investigación abierta contra W.Y.V.E., a quien se le atribuyen los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas.

En ese sentido, después de analizar tal solicitud, se resolvió dar trámite a la misma el treinta de agosto de dos mil once y, para tales efectos, se remitió directamente al señor F. General de la República de El Salvador, según lo dispuesto en el Tratado de Asistencia Legal Mutua en Asuntos Penales entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá y al ordenamiento jurídico interno.

Posteriormente, al estudiar la documentación recientemente incorporada a este expediente, se observa que la Procuraduría General de la República de Costa Rica solicitó nuevamente a este Tribunal que remitiera a la brevedad posible la información requerida en la citada petición de asistencia legal mutua.

Sin embargo, frente a tal petición, la Fiscalía General de la República de El Salvador manifiesta que no ha podido cumplir con la asistencia legal requerida debido, esencialmente, a que la información proporcionada sobre el vehículo placas [...] es insuficiente, ya que el mismo no se encuentra reconocido en la base de datos del Registro Público de Vehículos Automotores y que, por lo tanto, para cumplir la misma, solicitó a la Oficina de Asesoría Técnica y Relaciones Internacionales de la Fiscalía General de la República de Costa Rica, vía correo electrónico, que se proveyera más información para el trámite efectivo de las diligencias requeridas, sin que, a la fecha, se haya obtenido ninguna respuesta.

En virtud de lo expresado, este Tribunal considera pertinente reiterar la petición de información adicional formulada por la Fiscalía General de la República de El Salvador a la Procuraduría General de la República de Costa Rica, a efecto de que se traslade a la autoridad competente tal solicitud.

Por tanto, con base en las razones expresadas y de conformidad con los artículos 182 número 3 de la Constitución de la República, 3 y 4 del Tratado de Asistencia Legal Mutua en Asuntos Penales entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, esta Corte

RESUELVE:

  1. C. lo proveído directamente a la Procuraduría General de la República de Costa Rica, a efecto de que se traslade a la autoridad costarricense competente la solicitud de información adicional formulada por la Fiscalía General de la República de El Salvador, ya que tanto la Corte Suprema de Justicia de la República de El Salvador como la Procuraduría General de la República de Costa Rica constituyen autoridades centrales en virtud del tratado marco de asistencia legal mutua suscrito entre diversos países de la región centroamericana. b) C. lo pronunciado a la Fiscalía General de la República de El Salvador para su conocimiento y para los efectos legales correspondientes: J.B.J..------E.S.B.R.-------F.M..----PERLA J.----M.A. C.A.---------R.E.G..----M.A.C.A.----M.P..----M. REGALADO.-------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.--------S.R.A..-------RUBRICADAS.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR