Sentencia nº 42-P-2009 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 2 de Junio de 2011

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2011
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia42-P-2009
Tipo de ProcesoPareatis

42-P-2009

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas y veinticinco minutos del dos de junio de dos mil once.

Admitida la solicitud de permiso para ejecutar en el país la Sentencia de Divorcio, pronunciada por el Tribunal Civil de B.A., República de Italia, entre los señores [...] y [...], presentada a esta Corte por la Licenciada A.M.F.M., en su carácter de Apoderada Judicial Especial de la señora [...], madre de la menor [...], hija del señor [...], ya fallecido, de conformidad con el Testimonio de Escritura Poder General Judicial con Cláusula Especial.

Recibido el expediente original debidamente diligenciado, según consta a folios 55, en Notificación de fecha dieciséis de noviembre de dos mil diez, realizada en el Consulado General de El Salvador en Milán, Italia, en atención a lo resuelto por esta Corte a las ocho horas del primero de julio de dos mil diez, y, en cumplimiento a lo dispuesto en los Arts. 182 No. 4 Cn. y 452 y 453 Pr. C., esta Corte

RESUELVE:

CONCEDESE PERMISO para ejecutar la Sentencia de Divorcio pronunciada por el Tribunal Civil de B.A., República de Italia, entre los señores [...] y [...], presentada a esta Corte por la Licenciada A.M.F.M., en su carácter de Apoderada Judicial Especial de la señora [...], madre de la menor [...], hija del señor [...], ya fallecido.

Confrontados originales y copias, agréguense las copias y devuélvanse originales al interesado.

J.N.C.S.------------E.S.B.R.-----M.R..-------PERLA J.------R.S.F.-----L.C.D.A.G.----M.P..------M.A.C.A.----PRONUNCIADO POR LOS SEÑORES MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.--------S.R. DE AVENDAÑO.-------RUBRICADAS.

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