Sentencia nº CF01-44-A-2005 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 24 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2006
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de SentenciaCF01-44-A-2005
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva

REF.: 44-A-2005

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO; SAN SALVADOR, A LAS DOCE HORAS CON TREINTA Y DOS MINUTOS DEL DÍA VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL SEIS.

Conocemos del recurso de apelación presentado por el Lic. R.E.C.L., apoderado del señor **************, mayor de edad, comerciante, de este domicilio. Impugna la sentencia proveída por la JUEZA CUARTO DE FAMILIA, de este distrito judicial, Licda. A.G.Z.V., en el PROCESO DE DIVORCIO POR LA CAUSAL 2ª del Art. 106 C.F.P. separación de los cónyuges por uno o más años consecutivos iniciado por la señora **************, mayor de edad, comerciante, de este domicilio, por medio de su apoderado, L.. S.J. DE LA O MERLOS. Ha intervenido además el Lic. R.A.P., Procurador de Familia adscrito al Tribunal remitente.

VISTOS LOS AUTOS Y

CONSIDERANDO:

  1. La sentencia impugnada fue pronunciada en la audiencia respectiva celebrada a las nueve horas del día once de enero de dos mil cinco,(FS. 78/84) en la cual la Jueza a quo decretó el divorcio entre el señor **************y la señora **************, a su vez declaró ha lugar a la pensión compensatoria solicitada por la demandante y la fijó en doce cuotas mensuales de DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO 67/100 DÒLARES.

    Inconforme con lo anterior, el Lic. C.L. presentó escrito que corre agregado a fs 85 / 86 en el cual manifestó:

    1. Que la sentencia le causa agravio al demandado en el punto que le ordena el pago de pensión compensatoria a favor de la señora **************.

    2. La separación de la pareja se dio por la infidelidad cometida por la demandante, lo cual le causó un daño moral grave al señor **************.

    3. Sobre la base del Art. 159 L. Pr. F. , no fueron admitidas las pruebas aportadas por el demandado, lo que también le causa agravio.

    4. Efectivamente el señor **************es propietario de tres inmuebles, pero la demandante no contribuyó en la adquisición de los mismos, pues uno de ellos fue recibido en concepto de herencia, el otro lo está pagando al Fondo Social para la Vivienda y el tercero lo adquirió como vivienda.

    5. La señora ************** es de profesión Cosmetóloga y además obtuvo fondos de la cooperación laboral con lo que compró un "puesto a perpetuidad del Cementerio Jardines del Recuerdo..."(sic) por un valor de TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS COLONES equivalentes a CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO 23/ DÓLARES.

    6. La demandante dentro del proceso no reflejó su verdadera capacidad económica, pues compró televisores y otros bienes, de los cuales anexa documentos como prueba.

    Termina su escrito pidiendo a esta Cámara se tengan por incorporadas las pruebas que no fueron admitidas por la a quo y se revoque el punto de la sentencia que decretó pensión compensatoria a favor de la Señora **************.

    El Licenciado DE LA O M., se pronunció respecto de los argumentos de la apelación por medio de escrito de fs. 194 /195, en los términos siguientes:

    1. Que el impetrante alega que no se valoró el estado de salud y capacidad económica del demandado al fijar la pensión compensatoria, con lo que no está de acuerdo, pues en ningún momento se ofertaron elementos con los cuales se comprobaran esas circunstancias; b. El demandado fue legalmente emplazado, por lo que tuvo la oportunidad de alegar lo que hoy pretende, pero no lo hizo; por lo cual la Jueza a quo no conoció los hechos que ahora pretende comprobar. El Señor **************, tomó una actitud pasiva y evasiva dentro del proceso, no reconoció el desequilibrio causado a la demandante, pero tampoco presentó elementos para comprobar lo contrario.

    2. Dentro...

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