Sentencia nº P0301-156-2007 de Tribunal Primero de Sentencia de San Miguel, 19 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2007
EmisorTribunal Primero de Sentencia de San Miguel
Número de SentenciaP0301-156-2007

0301-156-2007

TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA; SAN MIGUEL, a las once horas con treinta minutos del día diecinueve de Septiembre del año dos mil siete.

Este día culminó el Juicio oral y público que inició el día diez del presente mes y año, en el proceso que en este Tribunal está clasificado con el número de entrada 158/2007, en contra de MARCO DE J.H., originario de Chinameca, de este departamento, nació el día veinticinco de abril de mil novecientos treinta y tres, actualmente de setenta y cuatro años de edad, soltero, J., con escolaridad hasta segundo grado, residente en Los Planes Primero, Chinameca, de este departamento, hijo de L.H., de Nacionalidad Salvadoreña, quién no se Identifica con ningún documento de Identidad por no portarlo, pero dice ser de las generales antes descritas; a quien la Representación Fiscal acusa de haber cometido el delito de LESIONES, tipificado y sancionado en el artículo Ciento Cuarenta y Dos, del Código Penal, en perjuicio de H.L.R.M..

Han intervenido en la Vista Pública el Juez de Sentencia JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, y como o Secretaria de Actuaciones la Licenciada I.J.C. DE RAMIREZ; por la Fiscalía General de la República, en calidad de Agente Auxiliar del Fiscal General, la Licenciada M.X.R.D.R., en representación de los intereses de la Sociedad; el Licenciado O.R.D.V., en su calidad de Defensor Particular y en representación de los intereses del imputado.

CONSIDERANDO

DESCRIPCION DEL HECHO I.- Los hechos sometidos a conocimiento de este Tribunal, la Representación Fiscal en su Acusación, los describe así: "El día treinta y uno de marzo del corriente año, a eso de las nueve horas con treinta minutos fue detenido, el imputado M. de J.H.M., por agentes de la Policía Nacional Civil, del puesto de Moncagua, ello aconteció porque el señor V.M.R., llamó al puesto policial y denunció que un señor de nombre M.H., había lesionado a su hijo de nombre H.L.R.M., en razón de ello, los agentes policiales fueron al caserío Los R. delC.E.J., y al llegar al lugar encontraron al señor V. y les manifestó que su hijo tenía una lesión de bala, y que conocía el lugar en donde vivía el hechor, pero al verificar al lesionado pudieron constatar que efectivamente tenia una lesión en la espalda y en el brazo derecho y las que le había ocasionado el señor H.M., y con arma de fuego; eso ocurrió a las siete de la mañana cuando la víctima pasaba frente a la casa del imputado, por ello los agentes fueron a la vivienda del imputado pero no le encontraron, ya se había marchado del lugar, sin embargo los agentes registraron un predio que se encuentra a cien metros de la vivienda del imputado y que es propiedad de éste, ahí lo encontraron y al registrarlo le hallaron un arma de fuego al parecer calibre nueve milímetros niquelada con cacha color negro sin serie, con un cargador niquelado conteniendo cinco cartuchos para la misma, encontrando además un corvo de veintiséis pulgadas; y al preguntarle sobre si portaba documentación del arma dijo que no, por lo que fue detenido".

ACCION-COMPETENCIA-INCIDENTES II. Se hizo un análisis y valoración de cada una de las cuestiones planteada en el presente caso, en el orden siguiente:

  1. En cuanto a la competencia, de conformidad a los artículos 142 del Código Penal, 53 inciso tercero literal "a" del Código Procesal Penal, se determinó que el caso en juzgamiento es de competencia del Tribunal de Sentencia, pero de conocimiento de uno de los Jueces; habiendo recaído en el suscrito la responsabilidad de presidir la vista pública, por lo que en ese contexto tuve conocimiento del delito de LESIONES, por el que acusó la Representación Fiscal y tener competencia para conocer de todos los incidentes de acuerdo a lo que establece el artículo 356 del Código...

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