Sentencia nº CF01-148-A-2004 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 25 de Abril de 2005
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2005 |
Emisor | Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador |
Número de Sentencia | CF01-148-A-2004 |
Tipo de Resolución | Interlocutoria |
REF: 148-A-2004. CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS DOCE HORAS Y VEINTISIETE MINUTOS DEL DÍA VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.
Conocemos del recurso de apelación, presentado por la Licda. M.P.S., quien sustituyó a la Licda. M.D.E.D.C., esta a su vez al Lic. E.A.R.R., como apoderado del Sr ******************, mayor de edad, médico veterinario, de los domicilios de Santa Tecla y San Salvador. Impugna la resolución emitida por la JUEZA DE FAMILIA DE SANTA TECLA, L.. S.I.E.Q., en la fase ejecutiva del PROCESO DE DIVORCIO por la causal segunda del Art. 106 C.F., POR SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES POR UNO O MÁS AÑOS CONSECUTIVOS marcado al número NS-F-659-106-01 iniciado por el impetrante, contra la Sra ******************o ******************, mayor de edad, estudiante, del domicilio de Santa Tecla.
VISTOS LOS AUTOS Y
CONSIDERANDO:
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Que por resolución de fs. 188, de fecha doce de julio del dos mil cuatro, la Jueza a quo resolvió admitir el escrito presentado por la Licda. ARGUETA DE RAMOS, junto con la documentación que anexaba; asimismo ordenó citar a la procuradora adscrita al Tribunal, las partes y sus apoderados, a una audiencia de adecuación de modalidades señalada para las ocho horas con treinta minutos del día diecisiete de agosto del año próximo pasado.
La resolución fue notificada a fs. 190 a la Licda. P.S., el día veinte de julio del mismo año, quien interpuso por escrito de fs. 192/194 revocatoria con apelación en subsidio, manifestando en síntesis, que apelaba de la resolución aludida, porque le causaba agravios a su poderdante en el sentido que la misma era diminuta, incongruente y violentaba lo dispuesto en los Art. 171 y 172 L.Pr.F. y el capítulo siete del título tercero de la misma ley.
Previo al conocimiento de fondo de recurso, es necesario analizar si la resolución impugnada es de aquellas que admiten apelación.
El Art. 153 L.Pr.F., a la letra establece: "El recurso de apelación procede contra las sentencias pronunciadas en primera instancia y contra la...
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