Sentencia nº L-58-14-10-13 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 3 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2013
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaL-58-14-10-13
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioJuicio Individual Ordinario de Trabajo
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Laboral, San Miguel

L-58-14-10-13.

CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: S.M., a las ocho horas y cincuenta minutos del día tres de diciembre de dos mil trece.-1 El recurso de apelación ha sido interpuesto en el JUICIO INDIVIDUAL DE TRABAJO, clasificado con la referencia No. 172-2013 (J), promovido por las licenciadas K.M.A.B.YL.M.M.M., ambas mayores de edad, abogadas, de este domicilio, defensoras públicas laborales, delegadas en esta ciudad por la señora Procuradora General de la República; y en representación del señor M.J.P.G., mayor [...]; contra la sociedad "" SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", abreviada "" SEPRI, S. A. DE C.V.," del domicilio de San Salvador, representada legalmente por su Administrador Único señora B.M.G. viuda DE S., mayor de edad, [...], reclamándole indemnización por el despido injusto de su trabajo, salarios adeudados y demás prestaciones de ley.-2 Tal recurso fue interpuesto por la licenciada K.M.A.B., de las generales y en el concepto antes mencionados; de la sentencia definitiva, pronunciada por el señor JUEZ DE LO LABORAL de este distrito, a las once horas con diez minutos del día tres de octubre del presente año; en cuya parte resolutiva de la sentencia, recurrida en apelación, DICE: """ ABSUELVESE, a la SOCIEDAD SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia "SEPRI, S.A.D.C.V.", la que es Representada Legalmente por la señora B.M.G.V.D.S., de las acciones incoadas en su contra por las Licenciadas K.M.A.B.yL.M.M.M., en representación del señor M.J.P.G., en la demanda de folios 1 y 2 NOTIFIQUESE.- """- Intervino en primera instancia sólo la parte actora, como se ha expresado, y así como en esta.-3 Las licenciadas K.M.A.B.yL.M.M.M., en la demanda de fs. 1 y 2, de la pieza principal MANIFESTARON: """ PARTE EXPOSITIVA--- En nuestra calidad de Defensoras Públicas Laborales, venimos a promover Juicio Individual Ordinario de Trabajo para actuar conjunta o separadamente, en nombre y representación del T.M.J.P.G., de [...], con documento Único de Identidad número [...], en contra de la Sociedad SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADO, S.A.D. C.V. del domicilio de San Salvador, representada legalmente por el señor B.M.G.D.S., mayor de edad y del domicilio de San Salvador, pudiendo ser citada, notificada y emplazada dicha sociedad en Doce Calle Poniente y final pasaje El Rosal, Local número dieciséis, San Salvador, lugar donde habitualmente atiende sus negocios la demandada, para reclamarle prestaciones laborales. ------- RELACIÓN DE TRABAJO.-----Nuestro representado ingreso a laborar para y a las

órdenes de la Sociedad demandada mediante contrato verbal de trabajo el día VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, con el cargo de AGENTE DE SEGURIDAD, desarrollando sus labores en Hospital Nacional San Juan de Dios de esta Ciudad ubicado en la ciudad Jardín, San Miguel, y consistían las mismas en brindar seguridad a las instalaciones del Hospital, no estando sujeto a una jornada ordinaria de...

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