Sentencia nº 415-2013 de Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 19 de Noviembre de 2013
Fecha de Resolución | 19 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador |
Número de Sentencia | 415-2013 |
Tipo de Resolución | Sentencia Definitiva |
Tipo de Juicio | Juicio Individual Ordinario de Trabajo |
Tribunal de Origen | Juzgado Cuarto de lo Laboral, San Salvador |
415-2013
CÁMARA SEGUNDA DE LO LABORAL: San Salvador, a las catorce horas y dieciocho minutos del día diecinueve de noviembre de dos mil trece.- Vistos en apelación de la sentencia pronunciada por la Señora Jueza Cuarto de lo Laboral con sede en esta ciudad, a las doce horas y veinte minutos del día dieciséis de agosto del presente año, en el juicio individual ordinario, de trabajo promovido por la licenciada D.G.H.G., como Defensora Pública Laboral, actuando en nombre y representación de, la trabajadora C.G.M.M., contra la sociedad LANS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, reclamando indemnización por despido injusto, vacación y aguinaldo proporcional; sentencia mediante la cual, la Señora jueza a quo absolvió a la sociedad demandada de la pretensión intentada en su contra.
Intervinieron como partes en la instancia que precede, la licenciada H.G., en el carácter ya indicado y las de igual cargo, licenciadas M.B.A.A., M.N.E. y A.M.M. de M.; así como los licenciados L.A.N.S. y O.A.F.M., el primero como representante legal y el segundo como apoderado general judicial con cláusula especial de la, sociedad demandada. En la presente lo hizo la licenciada A.A. y el licenciado F.
M..
DE HECHO:
I) Que con fecha veintitrés de mayo del presente ario, la licenciada H.G., presentó la demanda de folio 1, la cual fue admitida, por lo que se ordenó citar a las, partes a celebrar la conciliación de ley con calidad de emplazamiento para la sociedad demandada, diligencia que por inasistencia de ésta a la audiencia que para tal efecto se señaló, no se llevó a cabo. Por escrito de' folio 50, el licenciado F.M., contestó la demanda en sentido negativo y alegó y opuso la excepción regulada en el Art. 50 numeral 12° del Código de Trabajo y la de prescripción.
II) Que según consta en autos se siguió el trámite de ley en el curso de la primera instancia hasta pronunciarse sentencia, contra la que se interpuso recurso de apelación, siendo el motivo por el cual este tribunal conoce del juicio en grado.
III) La apelante en esta instancia, no profundiza en mayores elementos jurídicos, sobre los agravios que le causa la sentencia, puesto que únicamente manifiesta que no está de acuerdo con ella ya que la parte demandada no pudo establecer la excepción de abandono que alegó en su oportunidad en el juicio, ya que la actora no siguió presentándose a la empresa, porque...
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