Sentencia nº 291-1-2013 de Tribunal de Sentencia de Santa Tecla, 18 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2013
EmisorTribunal de Sentencia de Santa Tecla
Número de Sentencia291-1-2013
Sentido del FalloAdministración Fraudulenta

291-1-2013

TRIBUNAL DE SENTENCIA DE SANTA TECLA; departamento de La Libertad, a las nueve horas y ocho minutos del día dieciocho de octubre de dos mil trece.

El presente juicio penal identificado con el número 291-1-2013, ha sido instruido en contra de: M.V.S., [...].

Procesado por los hechos que en el auto de apertura a juicio se calificaron provisionalmente como ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA art. 218 Penal en, en perjuicio patrimonial del SOCIEDAD MEGA EL SALVADOR SA DE CV, representada legalmente por el apoderado LICENCIADO C.A.G.H..

Intervino en la vista pública la J.C.M.T.B.; en la representación fiscal el licenciado E.A.L.F.; y en la defensa particular del imputado el licenciado N.R.R..

CONSIDERANDO:

  1. Con fecha 7 de Febrero de 2013 la representación fiscal presentó acusación en el Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla, en contra de M.V.S. en la cual se les atribuyó la comisión del delito calificado provisionalmente como ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA art. 218 Pn., en perjuicio patrimonial de SOCIEDAD MEGA EL SALVADOR SA DE CV. Esta imputación la Fiscalía General de la República la basó en los hechos, descritos en su escrito de acusación que se encuentra agregado de fs. 507 a 530.

  2. El día 30 de julio de 2013, el señor Juez Segundo de Instrucción de Santa Tecla ordenó el auto de apertura a juicio de la causa instruida en contra de M.V.S., por atribuírsele la comisión del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA. Admitiendo el siguiente cuadro fáctico:

    "Los hechos sucedieron en Antiguo Cuscatlán en el interior de las oficinas de la empresa Mega El Salvador S. de C.V., en edificio A. de Antiguo Cuscatlán cuando fungió como presidente el imputado M.V.S.Z. efectuando acciones ilícitas que afectaron a la empresa Mega El Salvador por lo que fue denunciado en sede fiscal por el delito de Administración Fraudulenta de lo cual fue presentada la querella en contra del imputado M.V.S. en fecha 27 de agosto de dos mil doce, a quien denuncian por el delito de Administración Fraudulenta siendo de que los hechos iniciaron cuando el señor H.L.C.R. conoció al ingeniero M.V.S., en la ciudad Guadalajara en México, en el mes de febrero, de dos mil once, en una reunión de negocios cuando se sostenían conversaciones en relación a constituir una empresa el salvador la cual llamarían MEGA EL SALVADOR, por lo que el señor H.C. es el director de administración y finanzas de operadoras de servicio MEGA S. de C.V., en la ciudad de Guadalajara, que la empresa en Guadalajara tiene dentro de su plana de negocios la expansión de servicios en América Latina, por lo que estuvieron buscando un país donde darle inicio a la expansión y se eligió El Salvador, que uno de los socios de nombre J.M. conoció al señor M.V.S. en Miami y fue ahí que platicaron del negocio, hasta llegar a la reunión a la que se ha hecho referencia, que los aportes de capital iban a ser distribuidos de la siguiente manera, un 75% OPERADORA DE SERVICIOS MEGA y el otro 25% el ingeniero M.V.S. es así como el día 19 de Junio de dos mil once, se constituye la sociedad, ante los oficios de la notario A.M.d.R.A.E., cuya finalidad social seria efectuar Operaciones de leasing para la pequeña y mediana empresa, por lo que Leasing significa crédito a través del arrendamiento financiero que la constituirse la sociedad su capital social seria de Diez Mil Dólares, dividido en mil acciones con un valor de diez dólares cada una; el señor S.Z., suscribió doscientas cincuenta acciones por un valor de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES, y pago el equivalente al cinco por ciento, es decir la cantidad de CIENTO VEINTICINCO DÓLARES, la sociedad Operadora de Servicios Mega suscribió Setecientas cincuenta acciones por un valor de siete mil quinientos dólares de los cuales pago el cinco por ciento es decir la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO DÓLARES, la sociedad funcionaria en la siguiente dirección B.L.P., edificio A., oficina 706, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, que el contrato de arrendamiento del referido edificio lo hizo el señor S.Z., siendo dicho señor el representante legal nombrado desde el inicio de la escritura de constitución en la referida escritura se acordó que el sistema de gobierno de la sociedad sería la junta directiva, en cuanto al funcionamiento de la sociedad sería el ingeniero S.Z., quien se encargaría de lo siguiente: contratación de personal,

    manejo de la contabilidad, manejo de los libros de la sociedad y todo lo concerniente a la operación de la empresa y operadora de servicios MEGA, además de dar el aporte financiero se encargaría de dar soporte técnico para efectuar las operaciones de arrendamiento, se aperturaría además una cuenta a nombre de la sociedad MEGA EL SALVADOR, en el banco City número [...], desconociendo el declarante, con cuanto se apertura la cuenta bancaria, pero resulta que consta en el contrato de apertura de la misma, que la única persona que tenía firma autorizada, al inicio era el ingeniero M.S., pero resulta que en el mes de octubre de dos mil once se agregó, la firma del señor Z. para librar cheques únicamente, que la empresa OPERADORA DE SERVICIOS MEGA, desconocía en cuanto a las cuestiones contables de MEGA EL SALVADOR, que del mes de Junio a Octubre de dos mil once no se había hecho los aportes de capital; sin embargo, después de constituida la sociedad, el día 18 de junio de dos mil once, se acordó el aumento capital social para MEGA EL SALVADOR, acordando el día 31 de octubre de dos mil once de que se realizara dos transferencias electrónicas, de la cuenta bancaria de Operadora Mega, Ixe bank de México, la primera de CIENTO VEINTICINCO MIL DÓLARES, siendo transferido a la cuenta bancaría CITYBANK, siempre en la misma fecha se realizó una segunda transferencia de QUINIENTOS MIL DÓLARES a la cuenta del CITIBANK, operadora de servicios MEGA, estuvieron citando al señor V.S. en los meses de noviembre de dos mil once hasta el mes de marzo de dos mil doce, para hacer cuentas y ponerse de acuerdo con las operaciones de la empresa, que el señor S.Z. nunca llegaba a las citas que se le hacía y no se presentaba por adolecer problemas de salud y luego porque no podía salir de El Salvador, sin dar explicación de los motivos que le impedían salir de El Salvador por lo que SERVICIO OPERADORA MEGA en el mes de mayo de dos mil doce lo destituyo de la presidencia y nombraron al dicente como nuevo presidente de la Sociedad asimismo se ordenó de inmediato que se hiciera una AUDITORÍA a la sociedad MEGA EL SALVADOR se realizó una revisión interna consistente en solicitar estados de cuenta del banco, encontrando los mismos nunca se encontraron al contador señor F.G., descubrieron además de que habían partidas contables sin soportes, por lo que contrataron los servicios del contador de nombre J.S.C.G., quien es contador público para efecto de que realizara una auditoria, por lo que el señor H.C. fue al banco CITYBANK, para solicitar los estados de cuenta restantes y contrato de NETBANKING, verificando y encontrando en dichos estados de cuenta de que el señor S.Z. había realizado QUINCE TRANSFERENCIAS electrónicas entre el mes de OCTUBRE Y NOVIEMBRE del año dos mil once, por lo que la única persona autorizada para realizar las transferencias de tipo electrónico era el ingeniero V.S. , así mismo que del BANCO CITIBANK, le informaron al dicente el destino hacia que cuentas bancarias se realizaron las transferencias de tipo electrónico era el ingeniero V.S. cuenta bancaria de CITIBANK terminación 6014; la sociedad MEGA EL SALVADOR también apertura una cuenta bancaria en el banco HSBC número [...] en el mes de diciembre de dos mil once, con consentimiento de la Operadora de Servicios Mega la cuenta bancaria tenía la finalidad de depositar los cobros que se realizaran a los clientes; sin embargo de ese dinero el ingeniero S.Z. libró 4 cheques los cuales cobro desconociendo que se ha hecho el dinero, pues al haberlos librado no tenía relación con los fines de la empresa, para eso era la cuenta del CitiBank, aclara y agrega además que de la apertura de las cuentas bancarias tenía conocimiento era del servicio NETBANKING solicitado por el señor V.S. al banco CITIBANK manifiesta además el dicente que de acuerdo al aumento de capital en el mes de junio de dos mil once se aumentaría a DIEZ MILLONES DE DÓLARES de los cuales se realizarían las partes de la siguiente forma CINCO MILLONES DE DÓLARES equivalentes a quinientas mil acciones de un valor de diez dólares cada una, en concepto de aportación del conocimiento del producto del arrendamiento financiero, tecnológico y valor de marca, que se entiende su totalidad pagadas y que se registrarían de esa forma contablemente pagadas, los otros Cinco Millones, se aportarían en efectivo en la siguiente proporción: OPERADORA DE SERVICIOS MEGA suscribiría DOSCIENTAS CINCUENTA MIL ACCIONES equivalentes a DOS MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES, en ese orden de ideas el señor V.S., suscribiría la misma cantidad de acciones, el aumento se realizaría por medio de aportaciones del 25% y el resto se realizaría en el plazo de un año, contado a partir de la fecha 18 de Julio de dos mil once, que el día 31 de octubre de dos mil once el señor V.S., les manifestó que ya había hecho un depósito como parte del aumento, mostrándole un comprobante de depósito a través de un cheque del Banco Agrícola, el cual deposito en las cuentas de la sociedad MEGA EL SALVADOR del BANCO CITIBANK, realizando además cuatro transacciones de manera similar, con la finalidad de hacerle creer a la OPERADORA DE SERVICIO MEGA, que él también había hecho sus depósitos de dinero para contribuir con el aumento de capital acordado, que en las fechas en que se realizaron las 4 transacciones fueron en su orden la primera el día 31 de octubre de dos mil once depositando un cheque por SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL DÓLARES, el día tres de noviembre de dos mil once deposito dos cheques uno por CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL DÓLARES y otro por la...

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