Sentencia nº T-04-13-10-15 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 5 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2015
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaT-04-13-10-15
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioJuicio Civil Especial de Tránsito
Tribunal de OrigenJuzgado de Transito de San Miguel

T-04-13-10-15

CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE: S.M., a las quince horas y diez minutos del día cinco de noviembre del año dos mil quince.-1) El recurso de apelación ha sido interpuesto en el JUICIO CIVIL ESPECIAL DE TRÁNSITO; promovido por el licenciado O.M.H.B., mayor de edad, abogado, de este domicilio; como apoderado general judicial y especial del señor P.L., mayor de edad, comerciante y de este domicilio; contra los señores J.A.V.P., jornalero, de este domicilio, y M.I.G.P., mecánico en estructura metálica, del domicilio de S., ambos mayores de edad; propietario y conductor, respectivamente, del vehículo placas: [...]; el primero representado por sus apoderadas generales judiciales y especiales, licenciadas F.L.C.M. y S.E.B.M., las dos mayores de edad, abogadas y de este domicilio, y el segundo representado por la licenciada F.M.G.C., mayor de edad, abogada, de este domicilio, defensora pública de derechos reales y personales, delegada en esta ciudad, por la señora Procuradora General de la República; reclamándole indemnización por los daños causados en accidente de tránsito al vehículo placas [...].-2) Intervinieron en primera instancia ambas partes y en esta ninguna de ellas.- El expediente del proceso ha sido clasificado en el Juzgado de su procedencia con referencia JCETto/15/2015.ACM; y en esta Cámara bajo referencia T./#04/13-10-15.-3) Tal recurso fue interpuesto por el licenciado O.M.H.B., de las generales y en el concepto antes mencionados; de la sentencia definitiva, pronunciada por la señora Juez de Tránsito, de esta zona, a las catorce horas del día veintitrés de septiembre del corriente año; en cuya parte resolutiva de la sentencia, recurrida en apelación, DICE: "X) DECLARASE responsable del accidente de tránsito, ocurrido el día trece de Abril del año dos mil quince, a las veintiuno horas cuarenta y cinco minutos, en Treinta Avenida Sur y Carretera Panamericana, S.M.; al señor M.I.G.P., en calidad de Conductor del automotor Placas: [...];

  1. Respecto al señor J.A.V.P., representado por sus Apoderadas Judiciales Licenciadas Flor L.C.M. y S.E.B.M., como Propietario del [...] Placas: [...], ABSUELVESE DE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA, por no haberse demostrado esta;

  2. En consecuencia CONDENASE al demandado M.I.G.P., representado por la Procuradora o Defensora Pública de la Procuraduría General de la República Agencia Auxiliar de San Miguel, Licenciada F.M.G.C., a pagar daños materiales hasta por la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a la parte demandante señor PEDRO L., representado por el Licenciado O.M.H.B.----- Líbrese

    Comisión Procesal al Juzgado de Paz de Sesori, a efecto de notificarse al señor Marvin Ismael G.

    P.- HAGASE SABER".-4) El licenciado O.M.H.B., en la demanda de fs. 1 y 2 de la pieza principal, manifestó: "I. PERSONERÍA:----- Que tal como lo compruebo con Copia Certificada

    del Testimonio de Poder General Judicial; soy apoderado del señor P.L., quien es de cuarenta y cuatro años de edad, casado, comerciante, del domicilio de la ciudad de San Miguel, a quien hoy conozco pero identifico en legal forma por medio de su Documento Único de Identidad Número: [...]; quien puede ser citado a través de mi oficina particular en la dirección que proporcionare al final de la presente demanda.----- II.NARRACION DE LOS HECHOS.------Me manifiesta mi mandante que aproximadamente a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día trece de Abril del año dos mil quince, fue notificado por medio de llamada telefónica del señor J.R.B., quien era el conductor del vehículo de su propiedad, luego se hizo presente al lugar del accidente y pudo darse cuenta que el vehículo de su propiedad cuyas descripciones son las siguientes: Placas [...], Marca: [...], Modelo: [...], Año: [...], Color: [...], CLASE: [...], había recibido una colisión de un vehículo cuyas características son las siguientes: Placas [...], Marca: [...], Año: [...], Color: [...], Clase [...], propiedad del señor JOSÉ ALCIDES

    V. P., quien puede ser notificado en la siguiente dirección: [...] Avenida [...], número [...], AP [...], de esta ciudad; el cual iba siendo conducido por el señor M.I.G.P., quien es de veintidós años de edad, quien puede ser notificado en la siguiente dirección: Barrio [...], S.S.M.. Que la colisión se dio por la treinta avenida sur y Carretera Panamericana, cuando el conductor del vehículo placas: [...] que circulaba de Oriente a P., por la imprudencia al conducir su vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, y la falta de precaución al no guardar distancia de seguridad, por lo que colisiono con la parte frontal del vehículo, en la parte trasera del vehículo placas [...] propiedad de mi mandante que circulaba...

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