Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria para la exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas por prestación de servicios del municipio de El Porvenir

DECRETO NUMERO: UNO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL PORVENIR, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA, CONSIDERANDO:

  1. Que el Artículo 204 Ordinal de la Constitución de la República, establece que los municipios tienen autonomía para decretar las Ordenanzas y Reglamentos locales.

  2. Que como un mecanismo para que el contribuyente se ponga al día con el pago de las tasas municipales, es conveniente adoptar transitoriamente medidas que faciliten el cumplimiento de la referida obligación.

  3. Que al no existir prohibición que impida dispensar la aplicación de accesorios a los tributos municipales, es procedente decretar la presente ordenanza.

POR TANTO:

El Concejo Municipal en uso de sus facultades.

DECRETA: La siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA PARA LA EXENCION DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS POR PRESTACION DE SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE EL PORVENIR.

Art. 1 Se concede un plazo de cinco meses contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que adeuden tasas al Municipio de El Porvenir, puedan pagar sin intereses y multas la obligación tributaria generada.
Art. 2 Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el Artículo anterior los contribuyentes que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:
Art. 3

Podrán otorgarse planes de pago durante la vigencia de la presente ordenanza, en este caso el plazo no podrá exceder la vigencia citada en el artículo uno; el caso de...

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