Decreto No. 3.- Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de Mercedes

EL CONCEJO MUNICIPAL PLURAL DE LA CIUDAD DE MERCEDES UMAÑA, DEPARTAMENTO DE USULUTAN.

CONSIDERANDO:

I- Que es una de las obligaciones del municipio, realizar la administración municipal con transparencia, austeridad, eficiencia y eficacia.

II- Que según el Artículo 205 de la Constitución de la República de El Salvador, ninguna ley ni autoridad puede eximir el pago de tasas y contribuciones municipales, sin embargo la finalidad de esta ordenanza se hace con el objeto de eximir los intereses moratorios y las multas ocasionadas por el no pago de las tasas municipales.

III- Que en El Salvador y por consiguiente sus municipios, específicamente Mercedes Umaña, Departamento de Usulután, está siendo objeto de los efectos negativos que actualmente está produciendo la crisis económica mundial, ocasionando disminución del poder adquisitivo de los contribuyentes municipales, generando que éstos no puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, haciendo con ello que los intereses y las multas se incrementen mes a mes.

IV- Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 71 del Código Municipal en relación con el Artículo 47 de la Ley General Tributaria Municipal, los tributos municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente, causarán un interés moratorio hasta la fecha de su cancelación equivalente al interés de mercado para las deudas contraídas por el sector comercial; ocasionando a esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR