Decreto No. 3.- Ordenanza de dispensa tributaria de interés y multas provenientes de deudas por tasas a favor del municipio de Chinameca, departamento de San Miguel

EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHINAMECA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,

CONSIDERANDO:

  1. Que la situación económica a nivel Nacional en los últimos años han debilitado la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes y particularmente los de aquellos que tiene la obligación tributaria a favor del Municipio de Chinameca, situación que los ha convertido en sujetos morosos de los tributos Municipales.

  2. Que es urgente que el Gobierno Municipal de la ciudad de Chinameca, incremente los ingresos mediante cobros de las tasas e impuestos Municipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios en bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.

  3. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el índice de morosidad existente.

  4. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria del Municipio de Chinameca, es conveniente otorgar incentivos tributarios de carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes al pago de deudas tributarias Municipales.

  5. Que de conformidad a los Artículos 203 y 204 Ordinal 5 de la Constitución Artículo 3, 30 y 32 del Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en la administración y regularían las materias de sus competencias por medio de Ordenanzas Municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales este Concejo Municipal.

DECRETA:

ORDENANZA DE DISPENSA TRIBUTARIA DE INTERÉS Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE CHINAMECA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,

Art.1.- Se concede un periodo del uno de noviembre al treinta y uno de enero del año dos mil diecinueve, la vigencia de la presente Ordenanza para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria del Municipio, Que adeudan tasas a favor del municipio de Chinameca, puedan efectuar el pago de las mismas gozando del beneficio de excepción del pago de interés y multas que hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas.

Art. 2.- Que podrán acogerse a los beneficios establecidos en el Artículo anterior de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentran en cualquiera de las siguientes situaciones.

  1. Aquellos que estando calificados en el Registro de Contribuyentes del Municipio de Chinameca se encuentran en situaciones de mora en las tasas Municipales.

  2. Las personas Naturales o Jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes y que...

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