Decreto No. 4.- Reforma a la ordenanza reguladora de tasas por la prestación de servicios a favor del municipio de El Congo, departamento de Santa Ana

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL CONGO

CONSIDERANDO:

  1. Que de acuerdo al Artículo 204 numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, compete a los municipios: crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales por la prestación de los servicios públicos municipales.-

  2. Que de conformidad a los Artículos 1 y 6 "A" del Código Municipal, es facultad de este Concejo emitir ordenanzas para regular las materias de su competencia y la prestación de los servicios.-

  3. Que la Ley General Tributaria Municipal, en su Artículo 77, establece facultades normativas al Concejo Municipal de fijar las políticas, criterios y regulaciones generales a los cuales deben ajustar el ejercicio de sus funciones los alcaldes y organismos dependientes de la Administración Tributaria Municipal. Asimismo le compete emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal.-

  4. Que según Decreto Número dos, de fecha 25 de marzo del año 2010, publicada en el Diario Oficial Número 101, Tomo No. 387, de fecha martes 1 de junio del año 2010, el Concejo Municipal de El Congo decretó la Ordenanza Reguladora de Tasas Municipales por la Prestación de Servicios.-

  5. Que el Artículo 152 de la Ley General Tributaria Municipal establece que los municipios deberán revisar periódicamente sus corres- pondientes leyes y ordenanzas tributarias con el propósito de actualizarlas.-

  6. POR LO TANTO EN ATENCIÓN A LOS CONSIDERANDOS ANTERIORES ESTE CONCEJO RESUELVE: De conformidad a los Artículos 203 y 204 de la Constitución de la República, en relación Artículo 30 Numerales 4, 14 y 21, a su vez relacionado con el Artículo 3 Numerales 1 y 5, Artículos 34 y 35 todos del Código Municipal, y Artículos 5, y 7 inciso , 130 de la Ley General Tributaria Municipal,

DECRETA LA SIGUIENTE:

REfORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS MUNICIPALES POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DE EL CONGO, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA.

Tal como se detalla a continuación:

Art. 1 Refórmase el Artículo 1 Los numerales: 9.1 en los literales a y c, 12.1, 13.1, 15.1, 15.2 de la siguiente manera: 9.1...

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