Decreto No. 8.- Reglamento que contiene las normas técnicas de control interno específicas de la municipalidad de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán

DECRETO No. OCHO.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL CEDROS, CUSCATLAN,

CONSIDERANDO:

  1. Que en base lo establecido en el Art. 61 de las Normas Técnicas de Control Interno Específicas, publicadas en el Diario Oficial No. 212, Tomo 373 de fecha 14 de noviembre de 2006; el Concejo Municipal emitió el Acuerdo para crear la Comisión responsable de actualizar las Normas Técnicas de Control Interno Específicas de la Municipalidad de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán.

  2. Que con fecha veintinueve de junio de dos mil dieciséis, se remitió el Anteproyecto de Normas Técnicas de Control Interno Específicas de la Municipalidad de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán a la Corte de Cuentas de la República para su respectiva revisión, aprobación y publicación en el Diario Oficial.

  3. Que con fecha diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, se recibió correspondencia de la Corte de Cuentas de la República, con REF-DRSV-478-2016 en la que se expone que la Corte de Cuentas de la República ha elaborado reformas a las Normas Técnicas de Control Interno con enfoque de Coso III; por lo que de conformidad a dichas reformas, la Municipalidad deberá modificar el Anteproyecto de NTCIE; en función a los nuevos lincamientos publicados en el Diario Oficial No. 165 del 7 de Septiembre de 2016, Tomo No. 412, Decreto No. 18.

POR TANTO:

En uso de las facultades conferidas por los Arts. 3, numeral quinto; 30, numeral cuarto; y 32 del Código Municipal, y tomando en consideración el Decreto No. 18 que contiene el Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno de la Corte de Cuentas de la República; publicado en el Diario Oficial No. 165 del 7 de septiembre de 2016, Tomo No. 412. Y Acuerdo Municipal número CINCO de acta número VEINTINUEVE de fecha uno de septiembre de dos mil diecisiete.

DECRETA EL SIGUIENTE ANTEPROYECTO DEL REGLAMENTO, que contiene las:

NORMAS TÉCNICAS DE CONTROL INTERNO ESPECÍFICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL CEDROS, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN.

CAPITULO PRELIMINAR

Ámbito de Aplicación.

Art. 1

Las Normas Técnicas de Control Interno de la municipalidad de San Rafael Cedros, constituyen el marco básico obligatorio para su organización, administración y dependencias municipales, por medio de las cuales se pretende la uniformidad y consistencia de sus procedimientos administrativos y forme parte de todo un sistema de Control Interno, que será aplicable y de estricto cumplimiento por el Concejo Municipal, Alcalde, jefaturas y demás funcionarios y servidores municipales.

Definición de Sistema de Control Interno.

Art. 2 Se entiende por sistema de control interno el conjunto de procesos continuos e interrelacionados, planes, procedimientos, actividades, entre otros; realizados por el Concejo Municipal, jefaturas y demás empleados de la Municipalidad; los cuales han sido diseñados para proporcionar seguridad razonable en la consecución de los objetivos y metas institucionales.

Se identifican dos criterios para clasificar el control interno:

  1. De acuerdo a su finalidad (Administrativos y Financieros), y

  2. De acuerdo a su oportunidad (Previo, Concurrente y Posteriori).

Control Interno Previo.

Art. 3 Está compuesto por una serie de actividades y procedimientos aplicados antes que se autoricen o ejecuten las actividades, con el objeto de establecer su conveniencia, oportunidad, legalidad; en función de los objetivos, metas y Presupuesto Institucional

El Concejo Municipal será el responsable de garantizar que el control previo esté integrado en los sistemas administrativos y financieros, y que sean ejecutados por cada empleado/a dentro de su ámbito de acción, limitándose a crear unidades nuevas para este propósito. En ningún momento el responsable de la Unidad de Auditoría Interna deberá efectuar controles previos sobre las operaciones Institucionales.

Control Interno Previo al Compromiso.

Art. 4 Se refiere al examen de las operaciones o transacciones que se realizan para generar compromiso de los fondos municipales, con el objeto de determinar:
  1. La pertinencia de la operación a realizar, verificando si está relacionada a los fines de la Municipalidad.

  2. La legalidad de la transacción, con el objeto de garantizar que la Municipalidad tiene competencia legal para su ejecución; y que no existen impedimentos o restricciones para realizarla.

  3. La conformidad con el Presupuesto Municipal o la disponibilidad de los fondos para su ejecución.

Control Previo al Desembolso.

Art. 5 Comprende el examen de las transacciones antes que se efectúe el pago de los bienes o servicios adquiridos.
  1. La veracidad de las transacciones, por medio del análisis de la documentación y autorización correspondiente. Los recibos y facturas deberán emitirse a nombre de la Tesorería y/o Alcaldía Municipal de San Rafael Cedros, Cuscatlán y, deberán estar legalizados con el VISTO BUENO del Síndico y el DESE del Alcalde.

  2. La existencia de fondos disponibles para cancelar la obligación dentro del plazo establecido.

  3. Al recibo o factura deberá agregársele el Acuerdo Municipal que ampara la erogación respectiva, la Orden de Compra; Acta de Recepción Final en caso que aplique.

El Alcalde, jefaturas y demás empleados de la Municipalidad, deberán ejecutar el Control Interno Previo, revisando la veracidad y legitimidad de la transacción. Para el caso de las erogaciones de las diversas fuentes de financiamiento, es necesario revisar y anexar toda la documentación pertinente. Los documentos que amparan una transacción dependiendo de su cuantía puede ser: Orden de Compra, requisición, cotización, nota de envío, acuerdo municipal, acta de recepción de obra, bien o servicio, y recibo o factura del proveedor.

Control Interno Posterior.

Art. 6 El control interno posterior consiste en el seguimiento al cumplimiento del control interno, además de los exámenes posteriores a su ejecución de las actividades que desarrollan las Áreas Administrativas, Financieras, Tributarias y Operativas; cuya responsabilidad de su verificación corresponde a la Unidad de Auditoría Interna, Auditoría Externa y Corte de Cuentas de la República.

Objetivos del Sistema de Control Interno

Art. 7 El Sistema de Control Interno de la Municipalidad de San Rafael Cedros, tiene como finalidad, el contribuir al cumplimiento de los objetivos siguientes:
  1. Lograr la transparencia, eficiencia, efectividad y eficacia de las operaciones que se realizan en las diferentes Unidades Organizativas de la Institución; a través de la aplicación y actualización periódica de los reglamentos, manuales y demás documentos normativos internos.

  2. Obtener la confiabilidad, veracidad y oportunidad de la información, tanto financiera como de gestión.

  3. Cumplir con leyes, reglamentos, disposiciones administrativas y otras regulaciones aplicables a la administración municipal.

  4. Preservar el patrimonio municipal y evitar pérdidas por despilfarro, abuso de poder, mala gestión, errores, fraudes o irregularidades.

  5. Garantizar una administración transparente y económica, que permita brindar servicios de calidad y oportunidad.

Responsables del Sistema de Control Interno

Art. 8 El Concejo Municipal, Alcalde y jefaturas de las diversas Unidades Organizativas, serán responsables según su competencia, por el diseño, implantación, socialización, evaluación y perfeccionamiento del Sistema de Control Interno.

Corresponderá a los demás servidores municipales realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo cumplimiento.

Seguridad Razonable

Art. 9 El Sistema de Control Interno Institucional, proporciona seguridad razonable para el cumplimiento de los objetivos institucionales

En ningún caso el costo del control interno excederá de los beneficios que se esperan obtener de su aplicación.

El Alcalde Municipal en coordinación con las jefaturas y encargados evaluará las actividades de control a implementar en las diversas áreas de la Municipalidad, utilizando las herramientas que considere conveniente; de tal manera que se...

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