LEY ESPECIAL PARA LA GARANTÍA DE LA PROPIEDAD O POSESIÓN REGULAR DE INMUEBLES

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 23

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución de la República en su artículo 2, establece que es obligación

    del Estado reconocer, fomentar y garantizar el derecho de propiedad y posesión,

    y a ser protegido en la conservación y defensa de los mismos.

  2. Que el Código Civil en el Art. 568 establece que el derecho de propiedad “Es el

    derecho de poseer exclusivamente una cosa, gozar y disponer de ella, sin más

    limitaciones, que las establecidas por la ley o por voluntad de propietario”.

  3. Que la propiedad y posesión están siendo permanentemente violentadas por

    personas que invaden inmuebles, en los cuales ya existe propietario legítimo,

    quien no tiene la voluntad de otorgar la disposición o cesión del derecho de

    dominio o propiedad por las normas legales correspondientes a dichas personas.

  4. Que para que el Estado garantice el ejercicio legítimo de la propiedad o posesión,

    se hace necesario establecer un procedimiento ágil y expedito que otorgue las

    garantías constitucionales necesarias frente a las personas que invadan dichos

    inmuebles, otorgándoles competencias a los Jueces de Paz; cuando así sea

    requerido para proteger el mencionado derecho.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados José Francisco Merino

    López, Luis Roberto Angulo Samayoa, Elizardo Gonzalez Lovo, Rodolfo Antonio Parker Soto, Roberto José

    d'Aubuisson Munguía, Félix Agreda Chachagua, Federico Guillermo Avila Qüehl, Eduardo Enrique Barrientos

    Zepeda, Erick Ernesto Campos, César René Florentín Reyes Dheming, Margarita Escobar, Carmen Elena

    Figueroa Rodríguez, Eduardo Antonio Gomar Moran, Santos Guevara Ramos, Mario Marroquín Mejía, Juan

    Carlos Mendoza Portillo, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Erik Mira Bonilla, Julio Milton Parada Domínguez,

    Rafael Eduardo Paz Velis, Mariella Peña Pinto, Carlo René Retana Martínez, Carlos Armando Reyes Ramos,

    David Ernesto Reyes Molina, Dolores Alberto Rivas Echeverría, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, Alberto

    Armando Romero Rodríguez, Rodrigo Samayoa Rivas, Misael Serrano Chávez, Manuel Rigoberto Soto Lazo,

    Mario Alberto Tenorio...

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