AUTORIZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA, PARA QUE CELEBRE UN CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA POR US$18,340,000.00, PARA FINANCIAR EL PROYECTO APERTURA DEL BOULEVARD DIEGO DE HOLGUÍN-SANTA TECLA, TRAMO II
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO Nº 328
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que por Decreto Legislativo Nº 685, de fecha 19 de diciembre del 2001, publicado
en el Diario Oficial Nº 241, Tomo Nº 353, del 20 de diciembre del mismo año,
se aprobó en todas sus partes el Contrato de Préstamo Nº 1417, suscrito con el
Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de
SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US $62,700,000.00), recursos que fueron destinados a
financiar el proyecto “Primera Etapa del Anillo Periférico de San Salvador”.
-
Que con recursos del Préstamo antes mencionado se inició la construcción del
Proyecto “Apertura del Boulevard Diego de Holguín Santa Tecla”, habiéndose
concluido el Tramo I e iniciado el Tramo II del mismo.
-
Que es conveniente finalizar la construcción del Tramo II a fin de contribuir a la
adecuada movilidad vehicular del Área Metropolitana de San Salvador en el
rumbo Sur Poniente y mejorar la capacidad de movilización en la zona en sentido
Poniente y Oriente y viceversa.
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Que los recursos disponibles del Préstamo BCIE Nº 1417 ascienden a
US$7,985,881.12, y los costos actualizados para reiniciar el Tramo II de dicho
proyecto ascienden a US $29,965,699.71, por lo que el Gobierno de la República
de El Salvador, a través de las instancias correspondientes, ha hecho gestiones
ante el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para el
otorgamiento de un Préstamo hasta por un monto de DIECIOCHO MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
(US$18,340,000.00), recursos que se utilizarán para financiar el Proyecto
Apertura del Boulevard Diego de Holguín - Santa Tecla Tramo II
.
-
Que en vista de lo anterior, y con base a lo establecido en el Art. 148 de la
Constitución de la República, es conveniente autorizar al Órgano Ejecutivo en el
Ramo de Hacienda, para que negocie y suscriba el Contrato de Financiamiento
con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del...
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