AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA SUSCRIBIR UN CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL, PARA FINANCIAR EL PROYECTO PROGRAMA DE CONECTIVIDAD RURAL EN ZONAS NORTE Y ORIENTE DEL PAÍS

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO No. 1006

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno de la República, tiene el propósito de contribuir a mejorar las

    oportunidades de generación de ingresos, empleo y garantizar la seguridad

    alimentaria de las familias de los pequeños productores rurales, a través del

    aumento y diversificación de la producción y del acceso a mercados competitivos.

  2. Que para la consecución de lo antes expuesto, el Órgano Ejecutivo en el Ramo

    de Hacienda ha gestionado ante el Fondo de la OPEP para el Desarrollo

    Internacional (OFID), el otorgamiento de un préstamo por un monto de hasta

    QUINCE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    (US$15,000,000.00), para financiar la ejecución del “Programa de Competitividad

    Territorial Rural (Amanecer Rural)”.

  3. Que en razón de lo antes expuesto y con base a lo establecido en el Art. 148 de

    la Constitución de la República, es pertinente autorizar al Órgano Ejecutivo en

    el Ramo de Hacienda, para que suscriba con el Fondo de la OPEP para el

    Desarrollo Internacional (OFID), un Contrato de Préstamo para los fines antes

    mencionados.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio

    del Ministro de Hacienda.

    DECRETA:

Art. 1 Autorízase al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que por medio de su Titular

o del funcionario que él designe, suscriba en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador,

un Contrato de Préstamo con el Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID), para financiar

el “Programa de Competitividad Territorial Rural (Amanecer Rural)”, préstamo que estará sujeto a las

siguientes condiciones y estipulaciones:

MONTO DEL PRÉSTAMO : Hasta QUINCE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA (US$15,000,000.00).

PLAZO DE AMORTIZACIÓN : Veinte (20) años, incluyendo cinco (5) años de periodo de gracia.

INTERESES: Se pagará una tasa de tres puntos treinta por ciento (3.30%) anual

sobre el monto del principal del Préstamo desembolsado y pendiente

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de pago, pagadero semestralmente.

CARGO POR SERVICIO : Se pagará una tasa del uno por...

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