Sentencia nº 62-22-CM2-2012-5 de Cámara Primera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 9 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2012
EmisorCámara Primera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia62-22-CM2-2012-5
Tipo de ResoluciónAuto Definitivo

62-22CM2-2012-5

CÁMARA PRIMERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO: San Salvador, a las catorce horas y diecinueve minutos del día nueve de mayo del año dos mil doce.

Por recibido el oficio número 396, de fecha veinticinco de abril de dos mil doce, procedente de la señora jueza "2" del Juzgado Segundo de lo Civil y M. de esta ciudad, por medio del cual remite el expediente de las Diligencias de Convocatoria a Junta General de Accionistas, identificado bajo la referencia 2-DVM-7-11, y con número único de expediente 00891-11-DV-2CM2.

IDENTIFICACIÓN DE LAS DILIGENCIAS Y SOLICITANTES.

Se recurre en apelación de la resolución de las doce horas con cinco minutos del día dieciséis de abril del año dos mil doce, pronunciada por la señora J. "2" del Juzgado Segundo de lo Civil y M. de esta ciudad, en las Diligencias de Convocatoria a Junta General de Accionistas, promovidas por los licenciados E.A.P.M. y D.A.M.R., como apoderado del señor: M.R.M.M., en contra de la sociedad DIGAPAN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DIGAPAN S.A. DE C.V. a través de la señora M.A.M.D.L., en su calidad de Directora Secretaria de Junta Directiva y Administrativa y Representante de Hecho de la referida Sociedad, representada procesalmente por el D.R.O..

RESOLUCIÓN IMPUGNADA.

La resolución de la que se apela en lo pertinente dice: "Advirtiendo la suscrita que a la fecha se encuentra muy cercano el día señalado para la convocatoria a Junta General de Accionistas de la sociedad DIGAPAN, S.A. DE C.V. según se ordenó por auto del veintidós de marzo del corriente año, en su parte resolutiva, literal "B" siendo está convocada para las nueve horas del día dos de mayo de dos mil doce, y con el propósito de mayor efectividad para la realización de la misma y en base al Art. 227 CPCM, déjese sin efecto dicha fecha y CONVOQUESE a Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad DIGAPAN, S.A. de C.V. a celebrarse en Calle [...], instalaciones de la sociedad SUPAN, para las NUEVE HORAS DEL DÍA DOS DE JULIO DE DOS MIL DOCE; y en segunda convocatoria un día después, siempre a las nueve horas; y para tal efecto líbrese el edicto respectivo el cual contendrá los puntos de agenda requeridos por el accionista M.R.M.M., dicho edicto, conforme al Art. 229 Com., contendrá el llamado en primera y segunda convocatoria y se anunciará en un solo aviso que se publicará por tres veces en el Diario Oficial y en un Diario de circulación nacional. Por lo que RECTIFÌCASE el mencionado proveído en ese sentido. NOTIFIQUESE." De la mencionada resolución, no estuvo de acuerdo el apoderado de la parte apelante, D.R. OLIVA por lo que apeló de la misma para ante esta Cámara.

EXAMEN DE ADMISIBILIDAD Y PROCESABILIDAD DE LA ALZADA.

Corresponde realizar el examen de admisibilidad del recurso, con base a lo estipulado en los artículos 508, 511, 512 y 513 CPCM., a efecto de valorar si se cumplen los requisitos formales y procesales para...

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