Sentencia nº P1101-23-2009 de Tribunal de Sentencia de Ahuachapan, 11 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2009
EmisorTribunal de Sentencia de Ahuachapan
Número de SentenciaP1101-23-2009

1101-23-2009

264-AP-L-2008-3 TRIBUNAL DE SENTENCIA AHUACHAPÁN, a las quince horas treinta minutos del día once de febrero de dos mil nueve.- Causa Número 264-AP-L-2008-3 seguida por el Pueblo de El Salvador contra R.A.L.R., de veintiún años de edad, S., acompañado, Mecánico Industrial, residente en Cantón Chancuyo, sobre la calle principal de la ruta número 61, de esta ciudad, hijo de M.T.R. y R.A.L.P., nacido el día dos de abril de mil novecientos ochenta y siete; juzgado por el delito de VIOLACIÓN EN MENOR O INCAPAZ, previsto y sancionado en el Artículo 159 del Código Penal, en perjuicio de la menor ***************, representada legalmente por su madre señora ***************.- El Tribunal de Sentencia fue integrado por los H.J.R.A.L.C., D.E.M.S. y J.A.C.M., presidiendo la vista pública el primero.- Actuaron como defensor particular del acusado el Licenciado J.M.C., y como representante de la Fiscalía General de la República la Licenciada X.R. SIERRA DE FARFAN.- RESULTANDO La Representación Fiscal acusó al imputado por los hechos siguientes: "La presente investigación se inicia por medio de certificación enviada el juez de familia de Ahuachapán, al detectar la posible comisión de hecho punible por parte del imputado R.A.L.R., en perjuicio de la menor **************, actualmente de catorce años de edad, estableciéndose por lo manifestado por la referida menor que desde que tenía once años de edad, conoció al ahora imputado quien comenzó a enamorarle, le decía que se fuera con él y que nada le faltaría; en el mes de septiembre del año dos mil cinco, sin recordar fecha exacta, el imputado la llevó a la casa, ubicada en el Cantón Chancuyo, Ahuachapán, lugar donde solo estuvo una noche y recuerda que le introdujo el pene en la vulva, luego se dio cuenta que el imputado vivía con otra menor de edad por quien estuvo detenido, por lo que la madre de la víctima se la llevó para su casa, al salir de la cárcel, en enero del año dos mil seis, ya cuando ************, tenía doce años de edad, el imputado volvió a buscarla, la fue a traer a su casa y ya había dejado a la otra muchacha, siendo el día catorce de febrero del año dos mil seis en que la menor se fue con R. a la casa de la madre del mismo ubicada en Cantón Chancuyo, comenzaron a tener relaciones sexuales y luego de un mes de convivir juntos la menor resultó embarazada, cuando R. se dio cuenta de tal situación comenzó a maltratarla física y psicológicamente, la menor continuó conviviendo con el imputado y el día nueve de enero del año dos mil siete la menor dio a luz a su hija S.J., fecha en la que la víctima contaba con doce años de edad; posteriormente la menor **************, se separó del imputado".- En los procedimientos se han observado las prescripciones y términos de Ley.-

CONSIDERANDO

I.- En la Vista Pública las partes no interpusieron incidentes.- II.- Los Suscritos Jueces sometieron todos los puntos a su conocimiento y en aplicación de las reglas de la sana critica, valoraron la prueba incorporada en la vista pública que a continuación se detalla:

  1. PRUEBA DOCUMENTAL DE CARGO:

    1. Con la certificación del Acta de fecha dieciséis de junio de dos mil ocho extendida por el Juzgado de Familia de esta Ciudad el día diecisiete de junio de dos mil ocho por el Juez de dicha sede J.R.E.B.A. y el Licenciado C.O.L.M., en su calidad de S., de folios 6 y 7, se comprobó en juicio que en dicha Institución se promovieron diligencias de Medidas de Protección por parte de la menor ************** contra el incoado R.A.L.R..- b. El resultado de Peritaje Psicológico practicado a la víctima ************* mencionada como ************** de folios 12 a 13, a las diez horas cuarenta minutos del día veintitrés de julio de dos mil ocho, por el Licenciado J.G.M., Psicólogo Forense del Instituto de Medicina Legal "Doctor R.M." de la ciudad de S.A., estableció en sus conclusiones: Que la víctima presentó al momento actual y posterior de la evaluación historia de sufrir maltrato/psicoabuso físico verbal, lo cual atribuye a ex - conviviente; sin signos de valor traumato psíquico; la conflictiva inter pareja es de multiorigen, por lo que no hay base para pronunciamiento sobre veracidad clínica; lo anterior no indica ni alude a la no ocurrencia de la dinámica sufrida si no a la existencia de numerosos factores que concurren y generan la conflictiva señalada.- c. Con el acta de Inspección Ocular Policial del lugar de los hechos de folios 10, realizada frente a la casa sin número ubicada en calle principal del Cantón Chancuyo, de esta Ciudad, a las trece horas del día veintinueve de julio de dos mil ocho, suscrita por el investigador agente M.W.M.G. se determinó la existencia geográfica y material del escenario del delito, lo que determina la competencia territorial de este Tribunal de conformidad a lo establecido en el artículo 59 del Código Procesal Penal; además en dicho lugar no se ubicaron testigos.- En cuanto a la demás prueba documental que fue incorporada en la vista pública, la misma encuentra detallada y valorada por el Tribunal en el considerando IV, de la presente Sentencia, es decir en la DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMÓ ACREDITADOS EN EL JUICIO.- B) DECLARACION INDAGATORIA DEL IMPUTADO R.A.L.R..

    Haciendo uso de su derecho a la Defensa Material, el imputado L.R., manifestó lo siguiente: Que respecto a lo que dice la muchacha, él estaba trabajando en la unidad donde trabajaba, ella lo engañaba; la abuelita de ella tiene un comedor cerca de donde tenían los microbuses, y le decía que no lo anduviera atajando; además ella le decía que se quería acompañar con él porque el papá de ella no estaba junto con la mamá y ya no quería vivir con ellos; la abuelita de ella le dijo que lo dejara en paz y ella le dijo que él le gustaba y que con él se quería quedar, pero después lo llevó a platicar con la mamá, y ésta le dijo que estaba muy cipote, que no quería que anduviera con su hija y él le...

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