Sentencia nº P0101-168-2006 de Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador, 14 de Diciembre de 2006

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2006
EmisorTribunal Primero de Sentencia de San Salvador
Número de SentenciaP0101-168-2006

0101-168-2006

TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA, SAN SALVADOR, a las quince horas del día catorce de diciembre de dos mil seis.

Vista en juicio oral el proceso penal número DOSCIENTOS CINCUENTA-TRES-DOS MIL SEIS, en Audiencia de la Vista Pública Colegiada, Constituidos los Jueces del Tribunal Primero de Sentencia Licenciados M.C.M.M., S.E.M. y AENNE M.C.A., siendo presidida por la Licenciada M.C.M.M., en su calidad de J.P. de este Tribunal, de conformidad al Art. 53 inc. 1 numeral 8° Código Procesal Penal, en contra de la acusada M.I.S.C., quien es de cincuenta y siete años de edad, soltera, de oficios domésticos, con residencia en Centro Urbano San Bartolo, primera etapa, P.S.M., # 31, de Ilopango, hija de M.E.S. y de A.A.C. de S., a quien se le procesa por el delito de POSESION y TENENCIA, previsto y sancionado en el Art. 34 Inciso 2º, de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de la SALUD PÚBLICA. Hechos sucedidos en la casa sin número visible, frente a la vivienda número trece del pasaje S.M., C.G.B. del Centro Urbano San Bartolo, Ilopango.

Han intervenido como partes en la presente vista pública: el Fiscal del caso Licenciado JULIO CESAR C.M. y el Licenciado MARIO A.E.C., en calidad de Defensor Público de la acusada; siendo las partes procésales mayores de edad, abogados de la República, de este domicilio.

DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS Que a las nueve horas del día veintiocho de mayo del año dos mil seis, el agente investigador E.R.A.G., a signado a la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil, recibió en las instalaciones de la División Antinarcóticos, recibió llamada telefónica por parte de una persona de sexo masculino, quien, no quiso identificarse por medidas de seguridad, quien dio información relacionada al comercio de drogas, específicamente MARIHUANA y CRAK por parte de una, señora que le llaman LA ABUELA, quien es de aproximadamente cincuenta y cinco años de edad, piel morena, complexión delgada, de un metro con cincuenta y cinco centímetros de estatura aproximadamente, cabello entrecano y quien utiliza para comercializar la droga su vivienda la cual es de las características siguientes: ubicada quien reside en una casa sin numero visible que es de construcción mixta con paredes pintadas de color blanco techo de duralíta, con una pequeña verja al frente en donde tiene una puerta de metal color ocre y posteriormente tiene otra puerta de metal color negro la que da acceso a la sala de la vivienda de dicho inmueble, el cual se ubica frente a la casa con numero visible numero treinta en el pasaje S.M., calle G.B. del Centro Urbano San Bartolo Ilopango. P. en conocimiento dicha información a la orden de la Fiscalía General de la República, quien giro dirección funcional, obteniéndose las siguientes diligencias de investigación: -Acta de las quince horas del día treinta de mayo del año das mil seis, elaborada por los agentes investigadores E.R.A.G. Y MANUEL DE J.L.P., en la cual se hace constar la VERIFICACIÓN del inmueble denunciado ubicada realmente en frente a la vivienda numero treinta, en el pasaje S.M., calle G.B., Centro Urbano San Bartolo, Ilopango corroborando que efectivamente la vivienda es de las características siguientes: mixta con paredes pintadas de color blanco techo de duralita, con una pequeña verja al frente en donde tiene una puerta de metal color ocre y posteriormente tiene otra puerta de metal color negro la que da acceso a la sala de la vivienda, haciendo contar que el día en mención llegaron como a eso de las nueve horas con veinticinco minutos, dirigiéndose sobre la calle G. barrios, hasta encontrar el pasaje S.M., en donde efectivamente existe la casa treinta frente a la vivienda investigada percatándose que en la misma se encontraba una señora con las mismas características físicas de la persona investigada, por lo cual al verificar dicha información los agentes policiales se retiraron del lugar. -Croquis de ubicación de la vivienda de las personas investigadas la cual se ubica en casa sin muero visible ubicado frente a la vivienda numero treinta, en el pasaje S.M., calle G.B., Centro Urbano San Bartolo Ilopango, Elaborado por el agente E.R.A.G.. -Acta de las dieciocho horas del día cuatro de junio del año dos mil seis, elaborada por los agentes investigadores E.R.A.G.Y.M.D.J.L.P., en la cual se hace constar la vigilancia realizada en el inmueble ubicado en residente casa sin numero visible frente ala vivienda numero treinta, en el pasaje S.M., calle G.B., Centro Urbano San Bartolo Ilopango, habiendo llegado a eso de las dieciséis horas del día antes mencionado, a una distancia de próximamente diez metros habiendo transcurrido un lapso de diez minutos se acerco un sujeto hasta la vivienda, quien tenia apariencia de vago, dirigiéndose a tocar la puerta, siendo atendido por una señora que concuerda con las característica físicas de la mujer investigada, a quien le entrego un billete de dólar, desconociéndose la denominación del mismo quien momentos después entregaba un objeto brilloso por lo cual verificada la transacción se retiraron del lugar. -Acta de las dieciséis horas del día cinco de junio del año dos mil seis, elaborada por los agentes policiales E.R.A.G. Y MANUEL DE J.L.P., por medio de la cual se hace constar VIGILANCIA en casa sin numero visible frente a la vivienda numero treinta, en el pasaje S.M., calle G.B., Centro Urbano, San Bartolo, Ilopango, habiendo llegado el día en mención a eso de las nueve horas y treinta minutos dejando el vehículo estacionado sobre la calle G.B. y caminando sobre el pasaje S.M., en esos precisos momentos caminando un sujeto que se dirigió a la casa investigada y toco la puerta de la casa, observando a través de la maya ciclón de la puerta a la misma señora a quien el sujeto le entrego un billete de dólar y unas monedas y posteriormente la señora le dio dos objetos brillosos similares a los que utilizan los traficantes para la distribución de droga, así como también la señora le entrego un paquetito envuelto en recorte de papel periódico similar a los que se utilizan para la distribución de MARIHUANA, por lo cual verificada dicha transacción se retiraron del lugar. Por lo cual al contarse con elementos de juicio suficientes para ello se solicitaron ordenes de registro con prevención de allanamiento, las cuales se hicieron efectivas alas Quince horas del día ocho de junio del año dos mil seis haciéndose presentes el fiscal D.M.R., fiscal de la Unidad Antinarcotráfico de la Fiscalía General de la República y los agentes de la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil MANUEL DE J.L.P., E.A.R.G., J.A.R.R. Y como técnico en identificación de drogas W. CAMPOS DE LA CRUZ y fotógrafo E.G.M. , apersonándose al inmueble sin numero visible frente a la vivienda numero treinta, en el Pasaje San Marcelino, calle G.B., Centro Urbano San Bartolo, Ilopango siendo recibidos por la señora M.I.S.C., quien fue identificada con su documento único de Identidad, manifestando ser la encargada del inmueble, persona con quien se identificaron como miembros de la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil, explicándole el motivo de la orden de registro con prevención de allanamiento, solicitándose permiso para proceder al registro iniciándose el mismo al interior de la vivienda resultando que al ubicarse sobre el lavadero de la vivienda, encontrando sobre un pedazo de madera la cual se ubicaba sobre unos ladrillos, una bolsa plástica transparente conteniendo en su interior CIENTO NOVENTA Y TRES PORCIONES DE SUSTANCIA SÓLIDAS AMARILLENTA ENVUELTAS CADA UNA EN PAPEL ALUMINIO Y LA CANTIDAD DE OCHO DOLARES DE DIFERENTES DENOMINACIONES, procediendo el técnico en identificación de drogas a realizar prueba de campo, tomando para ello una pequeña muestra de una de las porciones encontradas, aplicando el reactivo respectivo y dando como resultado POSITIVO A COCAINA BASE LIBRE, tomando desde ese momento la cadena de custodia el técnico en identificación de drogas etiquetando y embalando la evidencia como evidencia uno, posteriormente se etiqueto y embalo un celular marca motorola color gris que fue encontrado sobre la mesa de madera que se localiza en el área de cocina etiquetándose y embalándose como evidencia dos. Por lo cual el hallazgo encontrado se procedió a la detención de la señora S.C., atribuyéndole el delito de TRAFICO ILICITO, haciendo de su conocimiento los derechos que le asisten de conformidad al Artículo doce de la Constitución y ochenta y siete del Código Procesal Penal.

PUNTOS SOMETIDOS A DELIBERACION Y VOTACIÓN DE CONFORMIDAD AL (ART. 356 NUMERAL 1° CÓDIGO PROCESAL PENAL.) CUESTIONES INCIDENTALES Los incidentes planteados se resolvieron en la audiencia de Vista Pública, no quedando por resolver ninguno en esta sentencia. En la presente Vista Pública toda la prueba vertida en la misma, se encuentra debidamente relacionada en el Acta respectiva.

ESTIMACIÓN DE COMPETENCIA.

Este Tribunal estima que es competente para conocer del presente caso ya que conforme al Art. 59 Pr. Pn. será competente para juzgar a los imputados el Juez del lugar en donde se hubiere cometido hecho. En el presente caso, los hechos ocurrieron en la casa sin número visible, frente a la vivienda número trece del pasaje S.M., C.G.B. del Centro Urbano San Bartolo, Ilopango., lugar que por su ubicación es competencia de este Tribunal. Asimismo conforme lo prescrito en los Art. 48, 53 N° 8 y 57 C.P.P., este Tribunal tiene competencia material y funcional para conocer en el presente caso.

PROCEDENCIA DE LA ACCION PENAL.

Este tribunal estima que de conformidad a los Art. 193 N° 4 C. N.; Art. 19 N° 1 y Inc. 2° , 83, 247 y 253 Pr. Pn. para determinar si la acción penal ha sido procedente es necesario considerar los aspectos siguientes: El delito atribuido en el presente caso a M.I.S.C., es el de POSESION Y TENENCIA, tipificado y sancionado en el artículo treinta y cuatro inciso segundo de la Ley Reguladora de las...

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