Sentencia nº INC-1-2011-JC-2-TTO de Cámara de Transito de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 11 de Enero de 2011

Fecha de Resolución11 de Enero de 2011
EmisorCámara de Transito de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de SentenciaINC-1-2011-JC-2-TTO
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva

Inc. 1-2011-JC-2°TTO

CÁMARA DE TRÁNSITO DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las quince horas del día once de enero de dos mil once.

Por recibido, en la Secretaría de esta Cámara a las ocho horas y diecisiete minutos del día seis de enero del presente año, el oficio número 08, de fecha cinco del mismo mes y año, juntamente con el Juicio Civil Especial de Reclamo de Daños, procedente del Juzgado Segundo de Tránsito de esta ciudad, clasificado bajo el número de referencia 19-10, promovido por el licenciado R.A.R.O., de [...] años de edad, abogado, del domicilio de [...], en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor [...], de [...] años de edad, [...], de este domicilio, mediante la que requiere el pago de daños, por parte de los señores R.C.V.D., quien, según demanda, es de [...] años de edad, [...], del domicilio de [...], en su calidad de conductor y M.A.A., quien, según demanda, es mayor de edad, [...], del domicilio de [...], en su calidad de propietario, del vehículo "Placas [...]" (Sic. Fs. 4), y que según la demanda es el automotor con el cual se causó el daño cuyo pago se reclama.

Han intervenido, en primera instancia el licenciado R.A.R.O., de generales y en la calidad antes indicada; el señor R.C.V.D. de generales antes apuntadas, y el licenciado R.A.M.L., abogado, de este domicilio, en su calidad de Apoderado General Judicial del señor MIGUEL ANGEL A, de generales dichas.

La referida remisión se ha efectuado en virtud de la inconformidad expresada por el licenciado RAMOS ORTIZ, Fs. 100, en contra de la Sentencia Definitiva pronunciada a las doce horas del día catorce de diciembre de dos mil diez, Fs. 92-96, mediante la cual, el señor J.S. de Tránsito de esta ciudad dijo: """I. DECLARASE INEPTA la demanda incoada por el Licenciado RENE ALFREDO RAMOS ORTIZ, apoderado del señor [...], en contra de los demandados señores MIGUEL ANGEL A y ROBERTO CARLOS V D, en calidad de conductor y propietario respectivamente, del vehículo placas número [...], por los daños causados al vehículo placas particulares número [...], por falta de interés propio del actor;""" (Sic. Fs. 96).

Este Tribunal Superior, no obstante el señor J. a-quo ha admitido el recurso planteado, debe efectuar en razón de la falibilidad, como siempre se ha hecho, el análisis de admisibilidad del recurso interpuesto, de lo que se advierte:

La Ley de Procedimientos Especiales Sobre Accidentes de Tránsito que es la normativa que debe ser...

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