Sentencia nº 11-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 8 de Enero de 2015

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2015
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia11-2014
Tipo de ProcesoPETICIÓN DE CORTE PLENA
Tipo de JuicioJuicio Civil Ejecutivo

11-2014

PETICION DE CORTE PLENA.

Corte Suprema de Justicia, San Salvador, a las nueve horas quince minutos del ocho de enero de dos mil quince.

A sus antecedentes el anterior oficio procedente de la Secretaría de la Sala de lo Civil, mediante el cual se remite el recurso de casación 203-CAC-2008 interpuesto en el juicio civil ejecutivo promovido por el licenciado C.R.T.M., apoderado de Emilia S.A. de C.V. contra la sociedad Rais Baraque S.A. de C.V. y J.A.E.R.L.; en dicho escrito se solicita relevar del cargo de magistrado suplente al doctor J.O.A.P.N., por haber sido electo Presidente de la Corte Suprema de Justicia.

Al respecto, este Tribunal, hace las siguientes consideraciones:

  1. La Corte Suprema de Justicia en Pleno, mediante resolución de las doce horas diez minutos del veintiuno de febrero del año dos mil trece, relacionó los proveídos mediante los cuales declaró legal la excusa de la magistrada M.L.R.O., nombró como suplente a la licenciada R.E.R.G.; posteriormente se sustituyó al magistrado propietario M.F.V.C. y se llamó para suplirlo al doctor I.A.P.Z.. Luego, ante el impedimento de enfermada manifestado por la magistrada R.G., se llamó para sustituirla al doctor R.I.G.. En relación al doctor P.Z., dado que finalizó el período para el cual fue nombrado como magistrado suplente, se efectuó llamamiento al doctor J.O.A.P.N. para suplirlo.

  2. Sin embargo, en virtud del Decreto Legislativo 766 del treinta y uno de julio de dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial N° 147, Tomo N° 404 de fecha trece de agosto del año dos mil catorce se eligió como magistrado propietario, Presidente de la Sala de lo Constitucional y del Órgano Judicial al doctor J.O.A.P.N..

  3. Asimismo, la Asamblea Legislativa mediante el Decreto N° 782 de fecha veintidós de agosto del año dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial N° 161, Tomo N° 404 de fecha dos de septiembre del año dos mil catorce exoneró del cargo de magistrado suplente de la Corte Suprema de Justicia al doctor J.O.A.P.N., a partir del treinta y uno de julio del año dos mil catorce.

Por consiguiente y en atención a lo anterior es necesario, dejar sin efecto el llamamiento realizado al doctor P.N.; y nombrar a un magistrado suplente para que conforme el Tribunal que conocerá del recurso de casación 203-CAC-2008.

POR TANTO: de conformidad a los artículos 12 y 51 ordinal de la Ley Orgánica Judicial, esta Corte resuelve: a) D. sin efecto el llamamiento efectuado al doctor J.O.A.P.N., mediante resolución de Corte Plena de las diez horas veinticinco minutos del nueve de enero de dos mil catorce; y b) llámase para sustituirlo, al magistrado suplente licenciado S.L.R.M., quien devengará los honorarios correspondientes de acuerdo a los artículos 33 inciso de la Ley Orgánica Judicial y 6 del Arancel Judicial. Vuelvan los autos a la Sala de origen con certificación de esta resolución. C..

J.B.J..---------E.S.B.R.-----M.R..------O. BON F.------D. L. R.

GALINDO.----R.M.F.H.-------J.R.A..------L.C.D.A.G.----RICARDOI..---------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y

MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.--------S.R.A..-------SRIA.---------RUBRICADAS.

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