Sentencia nº 221-S-2013 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 14 de Agosto de 2014
Fecha de Resolución | 14 de Agosto de 2014 |
Emisor | Corte Plena |
Número de Sentencia | 221-S-2013 |
Tipo de Proceso | SUPLICATORIO |
Sentido del Fallo | Contrabando de Mercaderías |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, a las once horas y trece minutos del catorce de agosto de dos mil catorce.
Por recibido el oficio con referencia DFG-362-2014 del 05/06/2014, remitido por la F. General y Jefe del Ministerio Público de la República de Guatemala, junto con diligencias relacionadas a la solicitud de asistencia legal mutua formulada por el F. General de la República, relacionada a los expedientes 126-UCCO-13, 128-UCCO-13 y 129- UCCO-13, en los que se investiga al señor J.D.F.M., por atribuirle el delito de Contrabando de Mercaderías.
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Consta en las diligencias que la autoridad solicitante promovió, con base jurídica en la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, que se gestionara con el Ministerio Publico de la República de Guatemala la obtención de información y documentación requerida dentro de las investigaciones penales supra mencionadas, esto fue autorizado por esta Corte por resolución del 28/01/2014. Posteriormente, fue recibida diversa documentación junto con tres sobres embalados de parte de dicho Ministerio Público, en calidad de respuesta parcial, la cual se ordenó su remisión a la Fiscalía General de la República, por resolución del 08/07/2014.
Las diligencias puestas en conocimiento consisten esencialmente en documentación expedida por el Registro Fiscal de Vehículos de la Superintendencia de Administración Tributaria de la República de Guatemala.
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En ejercicio de la competencia constitucional atribuida por el artículo 182, n° 3, de la Constitución de la República, en temas de comisiones rogatorias, esta Corte advierte que la documentación fue recibida de forma directa de parte del Ministerio Público de la República de Guatemala, pese a que en el país es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad designada como autoridad central responsable "por el envío y recibimiento de las solicitudes de asistencia", conforme al artículo 3 de la Convención marco; respecto a su tramitación, se aprecia que el Ministerio Público de la República de Guatemala diligenció la misma como autoridad competente para su ejecución; y en cuanto a su contenido, la documentación se encuentra relacionada al registro de los vehículos detallados en los oficios OFI-SAT-GRC-DRFV-VA- 032-2014 y OFI-SAT-GRC-DRFV-VA-050-2014, con lo cual dicha autoridad da por cumplida, de forma definitiva, la asistencia requerida.
Con base en lo anterior, se considera que las citadas diligencias han sido cumplimentadas en los términos del artículo 10 de la Convención, y por contener información que corresponde a las investigaciones penales que tramita la Fiscalía General de la República, éstas deberán ser remitidas para su debida incorporación.
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Adicionalmente, si bien se ha dispuesto el trámite de la documentación, esto no obsta para pronunciarse indicando a las autoridades -tanto centrales como competentes-que se debe procurar que la remisión de las solicitudes y respuestas de asistencias sigan las formas que los mismos Estados han acordado en los instrumentos jurídicos internacionales. Por ello, se deberá comunicar al Ministerio de Relaciones Exteriores tanto el contenido del oficio DFG-362-2014 suscrito por la F. General y Jefe del Ministerio Público de la República de Guatemala como del presente proveído, para que tenga conocimiento de la recepción de esta documentación y así establecer las comunicaciones que permitan, en lo sucesivo, se siga el conducto establecido por esta Convención.
Por lo antes expuesto y con base en los artículos 182, número 3, de la Constitución de la República; y, 2 de la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, esta Corte
RESUELVE:
Remítanse las diligencias cursadas por la F. General y Jefe del Ministerio Público de la República de Guatemala, junto con certificación de la presente resolución, a la Fiscalía General de la República.
R. copia del oficio DFG-362-2014 suscrito por la F. General y Jefe del Ministerio Público de la República de Guatemala y certificación de la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento como autoridad central, y para que se acuse recibo de la misma a la autoridad central guatemalteca. Esta remisión se efectuará por medio del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública. CÚMPLASE.
J.B.J..-------E.S.B.R.------M.R..----------O. BON F.----------D. L. R.
GALINDO.----R.M.F.H.----------J.R.A..-------DUEÑAS.---------JUAN M.
BOLAÑOS S.----------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE
LO SUSCRIBEN.-------ILEGIBLE-------SRIO.-------RUBRICADAS.