Sentencia nº 236-S-2013 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 8 de Julio de 2014

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2014
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia236-S-2013
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO
Sentido del FalloTráfico Ilícito; Actos Preparatorios, Proposición, Conspiración y Asociaciones Delictivas

236-S-2013

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, a las once horas y trece minutos del ocho de julio de dos mil catorce.

Por recibido el oficio con referencia MJSP.DJ.JP.788.06.2014 del tres de junio de dos mil catorce, remitido por el Director Jurídico del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, junto con diligencias relacionadas a la solicitud de asistencia judicial recíproca formulada por el F. General de la República, relacionada a la investigación penal que se sigue contra los señores J.E.U.S., JULIO C.B.C. conocido por W.P.F., ANA LORENA

P. C. V. conocida por A.L.P.V.D.G., M.C.H., L.E.U.A., J.R.H.M. y otros, por los delitos de TRÁFICO ILÍCITO y ACTOS PREPARATORIOS, PROPOSICIÓN, CONSPIRACIÓN Y ASOCIACIONES DELICTIVAS, previstos y sancionados en los artículos 33 y 52 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, respectivamente.

Consta en las diligencias que la autoridad solicitante promovió, con base jurídica en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, que se gestionara con el Ministerio Publico de la República de Guatemala, la obtención de información y documentación para ser incorporada a la investigación penal supra mencionada, lo cual se autorizó por medio de la resolución pronunciada el veintiocho de enero de dos mil catorce.

En ejercicio de la competencia constitucional atribuida en temas de comisiones rogatorias por el artículo 182, n° 3, de la Constitución de la República, se verifica que el Ministerio Público de la República de Guatemala ha remitido documentación dirigida a este Tribunal, por ser una de las autoridades competentes para su tramitación, de acuerdo al artículo 7, párrafo 8, de la Convención marco; en cuanto a su contenido, se compone de una certificación del expediente de investigación M0006-2013-129 de la Fiscalía de Delitos de Narcoactividad e información migratoria a nombre de J.C.B.C., W.P.F. y J.E.U.S., proporcionada en los términos del artículo 7, párrafo 12, de la citada Convención; por ello, se considera pertinente trasladar la citada documentación a la autoridad competente solicitante, para ser incorporada inmediatamente a la investigación que desarrolla.

Por lo antes expuesto y con base en los artículos 182, número 3, de la Constitución de la República y 7 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, esta Corte

RESUELVE:

REMÍTANSE las diligencias cursadas por el Ministerio Público de la República de Guatemala, junto con certificación de la presente resolución, al F. General de la República.

REMÍTASE certificación de la presente resolución a la F. General y Jefe del Ministerio Público de la República de Guatemala, para acusar recibo de la documentación. Dicha remisión se deberá efectuar por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, y a éste, por medio del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública. CÚMPLASE.

F.M..----M. REGALADO.------O.B.F.-------D.L.R.G..--------J. R.

ARGUETA.----DUEÑAS.-------L.C.D.A.G.-----JUANM.B. S.-PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.------S.R.A..----SRIA.----------RUBRICADAS.

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