Sentencia nº 252-A-2013 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 10 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2014
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia252-A-2013
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioDiligencias Subsidiarias de Defunción
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Sensuntepeque

252-A-2013.

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS DIEZ HORAS Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DIA DIEZ DE MARZO DE DOS MIL CATORCE.

Conocemos del recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública de Familia, Licenciada A.V.L.M., representando a la señora [...], mayor de edad, de oficios domésticos, del domicilio de S.P.M.; quien fuera representada inicialmente por la Defensora Pública de Familia, Licenciada F.L.M.A.I. la sentencia proveída por la señora JUEZA DE FAMILIA DE SENSUNTEPEQUE, L.. N.G.H.D.O., en las DILIGENCIAS SUBSIDIARIAS DE DEFUNCION, iniciadas por la impetrante. Asimismo ha intervenido la Procuradora de Familia adscrita al juzgado a-quo, L.B.V.A.F.S. admite el recurso por reunir los requisitos de ley.

VISTOS LOS AUTOS Y

CONSIDERANDO:

  1. La sentencia impugnada fue pronunciada en la audiencia de sentencia celebrada a las [...] horas del día dos de septiembre de dos mil tres (quiso decir trece) (fs. 18/19); en cuyo fallo se resolvió declarar nula la partida de defunción asentada a nombre de [...], con el número [...], a página [...], del Registro de Partidas de Defunción, del Libro [...], de Juicios Subsidiarios que el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de Ilobasco, llevó durante el año de [...], por haber probado que adolece de nulidad en virtud que se asentó por diligencias subsidiarias otorgadas ante los oficios del notario M.A.S., quien de acuerdo al informe de la Sección de Notariado de la Corte Suprema de Justicia, no se encuentra entre las personas autorizadas para ejercer la función pública del notariado; y a su vez declaró No Ha Lugar el Establecimiento del Estado Familiar de Defunción del adolescente [...] por no haberse probado los hechos planteados, ya que los testigos sólo son de referencia y no conocen de los hechos.

  2. Inconforme con lo resuelto, la Licenciada A.V.L.M., interpuso la alzada que conocemos por escrito de fs. 20/21, en el cual en síntesis expuso: Que no está de acuerdo con la sentencia pronunciada en el punto que declaró no ha lugar el establecimiento del estado familiar de defunción del joven [...], pues considera que dentro del desarrollo de la audiencia desfiló tanto la prueba documental como la prueba testimonial, y se dio lectura a la orientación social que la a-quo enviara para poder obtener una mayor certeza del subsidiario de defunción que se estaba solicitando.

    Que si bien la prueba testimonial que desfiló en la audiencia fueron muy enfáticos en manifestar que eran tíos maternos del joven [...], dan fe que lo conocieron, que era originario del Cantón San Francisco del Monte, jurisdicción de Ilobasco, y que tenía [...] años cuando murió; además dan referencia de la hora y fecha exacta del fallecimiento, manifestando que murió a las [...] horas del día siete de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, a consecuencia de lesión de arma de fuego, y que se dieron cuenta porque la madre del joven les avisó que lo habían asesinado en el Cantón Maquilishuat. Si bien los testigos no vieron donde lo enterraron, sino que la única que fue a ver donde estaba enterrado fue la abuela materna del occiso, ellos saben que lo reclutó la guerrilla en agosto de mil novecientos ochenta y siete y que cuando murió tenía dos meses de andar con la guerrilla, y que desde que se lo llevaron no volvieron a comunicarse con él; cuando les dijeron donde estaba el cadáver no se lo llevaron porque en aquel tiempo la Fuerza Armada no lo permitía, además de que el cadáver estaba en estado de descomposición.

    En razón de lo anterior estima que se comprobaron los extremos procesales de estas diligencias, pues con la prueba documental se estableció que no existe partida de defunción inscrita a nombre de [...], y se comprobó también su nacimiento y su filiación materna; aunado al hecho que los testigos presentados tienen robustez suficiente para dar por establecidos los hechos que se fundamentan; y no está demás referirse a la orientación social realizada en la que se manifiesta que el...

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