Sentencia nº 280-S-2013 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 18 de Febrero de 2014
| Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2014 |
| Emisor | Corte Plena |
| Número de Sentencia | 280-S-2013 |
| Tipo de Proceso | SUPLICATORIO |
| Tipo de Juicio | Juicio Ejecutivo |
280-S-2013.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las once horas y veinticinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil catorce.
Por recibido oficio número 1744, procedente del Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, así como la documentación relacionada en el mismo, mediante el cual se solicita a esta Corte se dé curso a una comisión rogatoria a efecto de que se notifique, en legal forma, a la señora CARMEN DEL CARMEN D. S., conocida por CARMEN DEL CARMEN D. S., en la dirección[...], Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, Código Postal [...], teléfono [...], el auto pronunciado a las doce horas y veinticuatro minutos del seis de noviembre de dos mil trece, en el cual se tuvo por extinguidas las obligaciones reclamadas en el juicio ejecutivo promovido en su contra por el Licenciado G.E.A.M. y continuado por el Licenciado J.A.U.R., como apoderados del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA. Debiendo entregarle a la demandada la certificación anexa.
Vista la solicitud de mérito como la documentación en rigor y, siendo procedente la diligencia solicitada, de conformidad con lo regulado en los artículos 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, 15 de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, 150, 152 del Código Procesal Civil y Mercantil, 148 de la Ley Orgánica del Servicio Consular de la República de El Salvador y 35 número 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Corte
RESUELVE:
REMÍTESE la comisión rogatoria formulada por el Juez Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, al Consulado correspondiente por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y, a este último, por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.
CERTIFÍQUESE lo proveído al Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, para su conocimiento. CÚMPLASE.
M.F.V..---------D.L.R.G..-----R.M.F.H.--------J.R.A..---------L.C.D.A.G.-----------DUEÑAS.----------J.M.B.S.------R.M.G.---------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO
SUSCRIBEN.-------------S.R.A..------------SRIA.-------------RUBRICADAS.
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