Sentencia nº 97-P-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 10 de Marzo de 2015
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2015 |
Emisor | Corte Plena |
Número de Sentencia | 97-P-2014 |
Tipo de Proceso | PAREATIS |
Tipo de Juicio | Diligencias de Adopción |
97-P-2014 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas y diez minutos del diez de marzo de dos mil quince. Recibida la solicitud de auto de pareatis para ejecutar la sentencia de adopción respecto del joven [...], pronunciada por la Corte de Distrito 393 Distrito Judicial, Condado de D., Texas, Estados Unidos de América, presentada el ocho de septiembre de dos mil catorce por el abogado J.G.S.A., actuando en su calidad de apoderado del joven [...]. Luego de analizado el expediente, debe advertirse al abogado J.G.S.A., haber omitido presentar la sentencia original y la certificación de la partida de nacimiento del joven [...], debidamente legalizadas, es decir, apostilladas por autoridad competente de los Estados Unidos de América; de igual manera, ha obviado comprobar la inexistencia de algún proceso en trámite en la República de El Salvador que concretamente verse sobre el mismo asunto, así como de alguna sentencia ejecutoriada que haya sido pronunciada por un tribunal salvadoreño que produzca cosa juzgada. Por tanto, con base en las razones antes expresadas y de conformidad con lo establecido en los artículos 182 atribución 4ª de la Constitución de la República de El Salvador; 1, 2, 3, 4 y 5 del Convenio de la Haya sobre la Eliminación del Requisito de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros; y, 556 número 5 del Código Procesal Civil y M., esta Corte
RESUELVE:
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Admítase el escrito presentado. b) T. por parte al abogado J.G.S.A., actuando en su calidad de apoderado del joven [...], personería que comprueba mediante copia certificada de testimonio de escritura pública de poder y correspondiente acta de sustitución.
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P. al abogado J.G.S.A. para que, en un plazo de noventa días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificado, presente lo siguiente: i) sentencia original legalizada por autoridad de los Estados Unidos de América, para tal efecto, desglósese el expediente y devuélvase el original al interesado; ii) certificado de nacimiento del joven [...] legalizado por autoridad competente de los Estados Unidos de América, para tal efecto desglósese el expediente y devuélvase el original al interesado; y, iii) declaración jurada por medio de la cual se haga constar la inexistencia de algún proceso en la República de El Salvador que verse sobre el mismo asunto o de alguna sentencia ejecutoriada pronunciada por un tribunal salvadoreño que produzca cosa juzgada. d) Tome nota la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia del lugar y medio técnico señalado por el abogado J.G.S.A. para recibir actos de comunicación, así como de las personas comisionadas para tales efectos. e) N.. A.P..--------F.M..------J.B.J..--------E. S. BLANCO R.-----------M.
REGALADO.----------O.B.F.---------D.L.R.G..--------R.M.F.H.--------JUANM.B.S.-------DUEÑAS.--------J.R.A..--------L.C.D.A.G.-------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.----S.R.A..------SRIA.-------RUBRICADAS.
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Sentencia nº 97-P-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 25 de Agosto de 2015
...del plazo Contenidos 97-P-2014 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas y quince minutos del veinticinco de agosto de dos mil Presentado el auto de pareatis para ejecutar la sentencia de adopción del joven [...], pronunciada por la Corte de Distrito 393 Distrito Judicial, ......
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Sentencia nº 97-P-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 25 de Agosto de 2015
...del plazo Contenidos 97-P-2014 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas y quince minutos del veinticinco de agosto de dos mil Presentado el auto de pareatis para ejecutar la sentencia de adopción del joven [...], pronunciada por la Corte de Distrito 393 Distrito Judicial, ......