Sentencia nº 398-S-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 16 de Abril de 2015

Fecha de Resolución16 de Abril de 2015
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia398-S-2014
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO
Tipo de JuicioProceso de Cuidado Personal

398-S-2014.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueva horas y treinta y cinco minutos del dieciséis de abril de dos mil quince.

Por recibido oficio número 2592, procedente del Juzgado Segundo de Familia de San Miguel, así como la documentación relacionada en el mismo, mediante el cual se solicita a esta Corte se dé curso a una comisión rogatoria a efecto de que se notifique y emplace, en legal forma, a la señora [...], en la siguiente dirección: [...], Estado de México, [...], Distrito Federal de los Estados Unidos Mexicanos, respecto al proceso de cuidado personal del menor [...], promovido en su contra por el Licenciado W.A.G.M., como apoderado del señor [...], debiendo entregarle a la demandada la certificación adjunta, e informarle que puede acudir a la Procuraduría General de la República, situada en la Ciudad de San Miguel, El Salvador o Clínicas de Asistencia Legal de Las Universidades Privadas o nacional que brindan auxilio Legal en este Estado, para efectos de hacer uso de sus derechos contestando la demanda en su contra para garantizar su Derecho de Defensa, debiéndole de entregar a la demandada certificación adjunta.

Vista la solicitud de mérito como la documentación en rigor y, siendo procedente la diligencia solicitada, de conformidad con lo regulado en los artículos 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, 15 de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, 150, 152 del Código Procesal Civil y Mercantil, 148 de la Ley Orgánica del Servicio Consular de la República de El Salvador y 35 número 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Corte

RESUELVE:

REMÍTESE la comisión rogatoria formulada por el Juez Segundo de Familia de San Miguel, al Consulado correspondiente por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y, a este último, por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.

CERTIFÍQUESE lo proveído al Juzgado Segundo de Familia de San Miguel, para su conocimiento. CÚMPLASE.

J.B.J..----E.S.B.R.-------D.L.R.G..--------R. M. FORTIN H.--------R.

MENA G.--------DUEÑAS.--------L.C.D.A.G.-------J.R.A..------RICARDO

IGLESIAS.-----PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO

SUSCRIBEN.------E.S.C..-----SRIA.----RUBRICADAS.

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