Sentencia nº 356-S-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 5 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2015
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia356-S-2014
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO
Tipo de JuicioProceso de Pérdida de la Autoridad Parental

356-S-2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas y cuarenta minutos del cinco de marzo de dos mil quince.

Por recibido oficio 845, procedente del Juzgado Cuarto de Familia de S.A., así como la documentación relacionada en el mismo, mediante el cual se solicita a esta Corte se dé curso a una comisión rogatoria a efecto de que se emplace, en legal forma, a los señores [...], en la siguiente dirección: [...], Estado de Massachusetts, Estados Unidos de América, Código Postal [...] y [...], en [...], Apartamento Número [...], Estado de Indiana, Estados Unidos de América, Código Postal [...], a fin de que en el término de quince días hábiles contados a partir del siguiente de la notificación, contesten la demanda, respecto al proceso de pérdida de la autoridad parental, promovido por el Licenciado M.B.A., como apoderado de la señora [...], debiendo entregarle las copias adjuntas.

Vista la solicitud de mérito como la documentación en rigor y, siendo procedente la diligencia solicitada, de conformidad con lo regulado en los artículos 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, 15 de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, 150, 151, 152 del Código Procesal Civil y Mercantil, 148 de la Ley Orgánica del Servicio Consular de la República de El Salvador, 34 de la Ley Procesal de Familia y 35 número 5 del Reglamento Interno del órgano Ejecutivo, esta Corte

RESUELVE:

REMÍTESE la comisión rogatoria formulada por el Juez Cuarto de Familia de S.A., al Consulado correspondiente por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y, a este último, por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.

En vista de que, las direcciones para emplazar a los señores [...], se encuentran en jurisdicciones y Estados diferentes, ordénase certificar la resolución y el expediente para que puedan realizarse los emplazamientos en forma simultánea.

CERTIFÍQUESE lo proveído al Juzgado Cuarto de S.A., para su conocimiento. CÚMPLASE.

A.P..---------J.B.J..------E.S.B.R.-------M.R..-------O.B.F.------D.L.R.G..------R.M.F.H.--------DUEÑAS.------L. C. DE AYALA G.-------J. R.

ARGUETA.---------J.M.B.S.------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y

MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.-----S.R.A..----SRIA.-----RUBRICADAS.

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