Sentencia nº EXH-20-2014 de Cámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente, Cámaras de Apelaciones, 2 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2014
EmisorCámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente
Número de SentenciaEXH-20-2014
Acto ReclamadoRetardación de justicia
Sentido del FalloHomicidio Agravado
Tipo de ResoluciónInterlocutorias - Improcedencias

EXH-20-2014

CAMARA DE LA TERCERA SECCION DEL CENTRO: S.V., a las quince horas y cuarenta y nueve minutos del día dos de Junio de dos mil catorce.

Tiénese por recibido a las nueve horas y cuarenta y siete minutos del día treinta de Mayo de dos mil catorce, el anterior escrito de fecha veinticuatro de Mayo de dos mil catorce, agregado a folios 1, suscrito por el interno de la Penitenciaría Oriental de San Vicente, señor M.A.M.C., por medio del cual interpone demanda constitucional de HABEAS CORPUS DE PRONTO DESPACHO a su favor y en contra de presuntas actuaciones cometidas por el Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca.

EXAMEN DE ADMISIBILIDAD Y PROCEDENCIA DE LA DEMANDA:

  1. El señor M.C., en su libelo, expone que fue condenado por el Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca a cumplir la pena de treinta y dos años de prisión, por el delito de HOMICIDIO AGRAVADO y que hace dos meses, mediando los buenos oficios de esta Cámara, solicitó al Tribunal Sentenciador, la Revisión de la sentencia dictada en su contra, con el propósito de que se aplique en su favor, la reforma hecha mediante el Decreto Legislativo N° 1009, al Art. 1293, 4 y 7 Pn. en relación a los Arts. 36 y 66, ambos Pn.

    No obstante lo anterior, asegura que actualmente no ha obtenido respuesta a su petición, lo cual le ocasiona retardación de justicia y le impide que pueda aspirar a la fase de confianza o a sus "2/3 partes de la pena".

    En atención a tales argumentos, es que pide se decrete auto de EXHIBICIÓN PERSONAL a su favor, se intime a la autoridad a quien demanda y se nombre un Juez Ejecutor.

  2. De lo antes relacionado, esta Cámara, in limine advierte que de acuerdo al respectivo Libro de Entrada de Expedientes que lleva la Secretaría de este Tribunal, se encuentra el expediente registrado bajo el número EXH-19-2014, correspondiente al proceso constitucional de Habeas Corpus de Pronto Despacho, promovido por el referido interno MAURICIO ALBERTO

    M. C. y otros, cuya causa de pedir es idéntica a la planteada en la presente demanda de Habeas Corpus y en contra de la misma autoridad demandada. En tal sentido, resulta que lo expuesto en el escrito de folios 1, ya ha sido sometido al análisis de este Tribunal mediante el Habeas Corpus con referencia EXH-19-2014, que actualmente se encuentra en trámite.

    Lo anterior revela un vicio en la actual pretensión del señor M.C., que impide continuar con su tramitación, tomando en cuenta que la Jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional de la...

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