Sentencia nº J-4-P-01-13-01-12 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 28 de Julio de 2015

Fecha de Resolución28 de Julio de 2015
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaJ-4-P-01-13-01-12
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioDiligencias de Lanzamiento por Invasión
Tribunal de OrigenJuzgado Cuarto de Paz, del Departamento de San MIGUEL.

J-4-P-01-13-01-12

CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: S.M., a las quince horas y treinta minutos del día veintiocho de julio del año dos mil quince.-

  1. IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DEL PROCESO

  1. Esta apelación ha sido interpuesta en las DILIGENCIAS DE LANZAMIENTO POR INVASIÓN; promovidas por el Licenciado LUIS RENE G. P, mayor de edad, Abogado, del domicilio de [...], con Tarjeta de Identificación de Abogado número: [...]; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: [...], como Apoderado General Judicial y Especial, del señor R.O.P., mayor de edad, agricultor, del domicilio de [...], con Documento Único de Identidad número: [...]; contra de la señora N.S.Y.F., mayor de edad, costurera, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: [...], y de sus hijos [...], de [...] años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad, número [...], y Numero de Identificación Tributaria [...], [...], de [...] años de edad, estudiante, con Documento Único de Identidad número [...], y Numero de Identificación Tributaria [...], y de [...], menor de edad, estudiante, y quien es representado legalmente por la señora N.S.Y.F., quienes han sido representados en el proceso por su Apoderada General Judicial y Especial la Licenciada J.R.A.F., mayor de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, con Tarjeta de Identificación de Abogado número: [...]; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: [...], y actualmente por el licenciado JULIO CESAR V. A, de [...] años de edad, abogado y notario, del domicilio [...], con Tarjeta de Abogado número [...] y Numero de Identificación Tributaria [...].-

  2. Las Diligencias han sido clasificadas en el Juzgado Cuarto de Paz de esta ciudad, bajo la referencia N° 02/11 tribunal del que proceden; y en esta Cámara bajo la referencia:

J.4°P/#01/13-01-12.-

ANTECEDENTES
  1. Resolución impugnada.- El recurso de apelación, ha sido interpuesto por la Licenciada J.R.A.F., en el carácter antes dicho, de la sentencia, pronunciada por el señor Juez Cuarto de Paz, de esta ciudad, a las catorce horas del día veintitrés de diciembre de dos mil once, que en la parte resolutiva literalmente dice:""" D. ha lugar a desalojar a la denunciada N.S.Y.F., en virtud de que los hechos denunciados encajan o se adecuan a la ley invocada.----- Respecto al incidente presentado por la señora N.S.Y.F., cuando contestara la acción que contra ella se ha promovido, y de la opinión de la contraparte, estese a lo resuelto, por las razones invocadas.----- Señálase un plazo de cinco días

    hábiles a partir de esta fecha para que la señora N.S.Y.F., desaloje pacíficamente dicho inmueble, caso contrario se procederá de conformidad al Artículo 6 inciso segundo de la referida ley que se está aplicando, es decir, se darán por concluidas las diligencias y Se ondeará que se archiven, pero en caso de haber transcurrido dicho plazo establecido, sin haber obtenido respuesta alguna por parte de la demandada, PROCÉDASE al Lanzamiento de Ley.-----Señálase para la verificación del mismo, las quince horas del día miércoles once de enero del presente año; en consecuencia convocase a las partes mencionadas en el Juicio.----- Líbrese

    oficio a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, a fin de que designe un representante de esa entidad, para que presencie el Lanzamiento ordenado.----- Líbrese oficio al

    Jefe de Seguridad de este Centro Judicial y a la Policía Nacional Civil, a efecto de que deleguen Agentes de Seguridad para que brinden custodia al S. y personal de este Juzgado. Asimismo solicítese al señor Administrador de este Centro Judicial, proporcione transporte para el día y hora antes señalados.----- Cúmplase.-

  2. Trámite en primera instancia.- La denuncia fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil once, y en ella el licenciado L.R.G.P., manifestó: """"""

    RELACION DE LOS HECHOS:

    Que mi mandante es dueño y actual Propietario de un terreno de naturaleza rústica, inculto, situado en [...], sin número inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente a la Matrícula [...], en el asiento [...]; ya que este fue adquirido por medio de un Juicio Civil Ejecutivo tal y como lo compruebo con los siguientes documentos: a) Copia debidamente certificada de la Escritura Pública de Remedición de inmueble con su respectivo plano debidamente inscrito, b) Literal del Acta de Adjudicación en pago debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente donde consta que mi apoderado es el legítimo propietario del inmueble; es así señor juez que la señora que ahora vengo a denunciar ha INVADIDO el inmueble propiedad de mi comitente sin ser la legítima propietaria, sin tener documento alguno que la acredite como tal ni aún tener un documento u contrato específico que pueda deducir que está legalmente usando el inmueble propiedad de mi comitente, por lo tanto es procedente solicitar una INSPECCIÓN AL INMUEBLE propiedad de mi apoderado para constatar que la señora N.S.Y.F., no es la propietaria legalmente de ese inmueble y que está invadiéndolo, así mismo su señoría autorice el LANZAMIENTO de la señora Y. F, de la propiedad de mi comitente todo en base al artículo CUATRO y siguientes de LEY ESPECIAL PARA LA GARANTIA DE LA PROPIEDAD O POSESION REGULAR DE INMUEBLES.----- Por lo antes expuesto a usted

    con el debido respeto le PIDO: a) Me admita el presente escrito; b) Me tenga por parte en este Juicio en el carácter en que comparezco, c) Se inspeccione el inmueble propiedad de mi comitente es decir el señor R.O.P.; d) Se autorice el LANZAMIENTO de la señora N.S.Y.F., por no ser esta la legítima propietaria y por no tener un contrato específico ni tener derechos que respetarse.----- Señalo para oír notificaciones Oficina Jurídica

    ubicada en [...], o al teléfono [...].----- Ciudad de San Miguel, a los SIETE días del mes de

    DICIEMBRE de dos mil ONCE.-

  3. El Juez Cuarto de Paz de esta ciudad, por resolución de las dieciséis horas del día doce de diciembre del año dos mil once, admitió la denuncia y en consecuencia señaló fecha y hora a efecto de realizar la inspección en el inmueble objeto de disputa.-

  4. De fs. 25 al 59 de la primera pieza principal se encuentra la contestación de la denuncia y documentación anexa a la misma; y por auto de fs. 60 f., el Juez Cuarto de Paz de esta ciudad, admitió el escrito de contestación de la denuncia suscrito por la Licenciada J.R.A.F., en su calidad de Apoderada General Judicial y Especial de la señora N.S.Y.F., se tuvo por parte a la mencionada licenciada y se mandó oír a la parte contraria.-

  5. A fs. 64 f. y v., de la primera pieza principal se encuentra el acta de inspección del inmueble objeto del proceso, realizado a las catorce horas del día dieciséis de diciembre del año dos mil once; asimismo de fs. 65 está documentado el auto de las once horas y diez minutos del día veinte de diciembre de dos mil once, en el cual se convocó a las...

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