Sentencia nº 374-S-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 19 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2015
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia374-S-2014
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO
Tipo de JuicioProceso de Modificación de Sentencia

374-S-2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas del diecinueve de marzo de dos mil quince.

Por recibido oficio número 2500, procedente del Juzgado de Familia de Santa Tecla, departamento de La Libertad, así como la documentación relacionada en el mismo, mediante el cual se solicita a esta Corte se dé curso a una comisión rogatoria a efecto de que se emplace, en legal forma, a la señora [...] en la siguiente dirección: [...], Ciudad de México Distrito Federal, Código Postal [...], respecto al proceso de modificación de sentencia, promovido en su contra por la Licenciada V.G.T., como apoderada del señor [...].

Respecto a la práctica de esta diligencia y, debido a que los Estados Unidos Mexicanos requieren siempre la presentación de los formularios que establece el artículo 3 del Protocolo Adicional a la Convención Interamericana sobre Exhortos o C.R., es necesario que la citada funcionaria judicial los presente, como un acto previo a acceder a su tramitación, por tanto de conformidad con lo regulado en el artículo 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, esta Corte

RESUELVE:

PREVIO A RESOLVER lo solicitado por la Jueza de Familia de Santa Tecla, departamento de La Libertad, deberá agregar a la comisión rogatoria por ella suscrita, los formularios A, B y C, contemplados en el Protocolo Adicional a la Convención Interamericana sobre E. o Cartas Rogatorias.

A.P..------ F.M. --------E.S.B.R. -------- M. REGALADO ---------O.

BON. F. --------- DUEÑAS.--------- L.C.D.A.G. -------J.R.A..------JUAN M.

BOLAÑOS S. --------- S. L. RIV. MARQUEZ ------- RICARDO IGLESIAS ---------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.------- S.R.A. -----SRIA.-------RUBRICADAS.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR