Sentencia nº L-41-21-08-15 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 16 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2015
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaL-41-21-08-15
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso Individual de Trabajo
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Laboral, San Miguel

L-41-21-08-15

CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: S.M., a las doce horas y treinta minutos del día dieciséis de septiembre del año dos mil quince.- 1 El recurso de apelación ha sido interpuesto en el PROCESO INDIVIDUAL DE TRABAJO, promovido por la licenciada L.M.M.M., mayor de edad, abogada, de este domicilio, defensora pública laboral, delegada en esta ciudad por la señora Procuradora General de la República; en representación del trabajador J.C.R.V., mayor de edad, estudiante, de este domicilio; contra la sociedad "TELEVISION DURAN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "T.V. D., S. A. DE C.V."; de este domicilio, representada legalmente por su Administrador Único Propietario señor J.A.D., mayor de edad, comerciante, de este domicilio, y en el proceso por su apoderada general judicial y especial, licenciada L.D.R.C.H., mayor de edad, abogada de este domicilio; reclamándole indemnización por el despido injusto de su trabajo, y demás prestaciones de ley.- 2 El expediente del proceso ha sido clasificado en el juzgado de su procedencia con la referencia Nº 282-2015(RN); y en esta Cámara bajo la referencia L /#41/21-08-15.-

3 Tal recurso fue interpuesto por la licenciadaLUCIA DEL R.C.H., de las generales y en el concepto antes mencionados; de la sentencia definitiva, pronunciada por el señor Juez de lo Laboral de este distrito, a las catorce horas del día veintiuno de julio del presente año; en cuya parte resolutiva de la sentencia, recurrida en apelación, DICE: """a) D. no ha lugar las excepciones de terminación de contrato contenidas en el artículo 31 numerales , , y 12 y la 2ª, 6ª, 9ª, y 16ª del artículo 50 del Código de Trabajo alegadas y opuestas por la licenciada L.D.R.C.H., en su calidad de Apoderado de la parte demandada; b) CONDENASE a la Sociedad TELEVISION DURAN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia T.V.D., S. A. DE C.V. Representada legalmente por el señor J.A.D., a pagarle al trabajador J.C.R.V., las siguientes prestaciones: QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE DÓLARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS, en concepto de indemnización; SESENTA Y DOS DÓLARES CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS, en concepto de Vacación proporcional; CINCUENTA Y CINCO DÓLARES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS, en concepto A.P., CUARENTA Y UN DÓLARES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS, en concepto de salarios adeudados del dieciséis al veinte de mayo del corriente año, DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES DÓLARES CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS, en concepto de Salarios Caídos por el trámite de este juicio le pertenecen, haciendo todo lo anterior la cantidad total de UN MIL CINCUENTA Y TRES DÓLARES CON OCHENTA CENTAVOS.NOTIFIQUESE.- """

4 Intervinieron en primera instancia ambas partes como se ha dicho; y en ésta solamente la parte apelante, por medio de la licenciada LUCIA DEL ROSARIO C. H.-5 La licenciada L.M.M.M., en la demanda de fs. 1 de la pieza principal, manifestó:""""---PARTE EXPOSITIVA --- En mi calidad de Defensora Pública Laboral, vengo a promover Juicio Individual Ordinario de Trabajo, en nombre y representación del trabajador J.C.R.V., de [...] años de edad, soltero, estudiante, de nacionalidad S. y del domicilio de [...], con Documento Único de Identidad número [...] contra SOCIEDAD TELEVISION DURAN, S.A. DE C.V., y del domicilio de [...], representada legalmente por J.A.D., mayor de edad, y del domicilio de [...], pudiendo ser citada, notificada y emplazada dicha persona jurídica por medio de su representante legal en [...]. lugar donde habitualmente atiende sus negocios, para...

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