Sentencia nº 42-2015-1C de Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, 30 de Abril de 2015

Fecha de Resolución30 de Abril de 2015
EmisorTribunal Tercero de Sentencia de San Salvador
Número de Sentencia42-2015-1C
Sentido del FalloTenencia, Portación o Conducción Ilegal o Irresponsable de Armas de Fuego Disparo de Arma de Fuego

42-2015-1C TRIBUNAL TERCERO DE SENTENCIA: SAN SALVADOR, a las catorce horas del día treinta de Abril del año dos mil quince. Visto en Juicio Oral y Público el proceso penal con número de entrada 42-2015-1c, seguido contra (1) K.S.M.H., quien dijo ser [...] años, [...] con [...], no tiene hijos, es [...], gana unos [...] dólares semanales, es S., nacido en Santa Tecla, el [...], hijo de [...] y [...], vive en Cantón [...], Colonia [...], Pasaje [...], casa [...], C.D., y tiene estudios hasta [...], y (2) F.A.G.E., quien dijo ser [...] de edad, [...], [...] donde ganaba [...] dólares, es S., nacido en San salvador el día [...], es hijo de [...] e [...], residente en Colonia [...], Calle [...], casa número v [...], Polígono [...], C.D., y tiene estudios de bachillerato, por los ilícitos penales de: (1) DISPARO DE ARMA DE FUEGO y (2) TENENCIA, PORTACIÓN O CONDUCCIÓN ILEGAL O IRRESPONSABLE DE ARMAS DE FUEGO, el primero de los delitos mencionados previsto y sancionado en el artículo 147-A del Código Penal y el segundo de los mencionados previsto y sancionado en el artículo 346-B del Código Penal, en perjuicio de, el primero LA VIDA Y LA INTEGRIDAD PERSONAL y el segundo de los delitos en perjuicio de LA PAZ PÚBLICA. Del juicio conoció el Licenciado J.M.Z.G., en su calidad de Juez de este Tribunal, de conformidad con los arts. 18 y 53 Pr. Pn., 147-A y 346-B Pn. Han intervenido como partes de la representación F. la Licenciada G.Y.R.D.T., quien puede ser NOTIFICADA en la Oficina F. de Mejicanos, y de la Defensa Técnica y en su carácter Particular los L.H.N.M.L. y JOSÉ OSMARO BELTERAN, a favor del acusado M.H., y el Licenciado JOSÉ I.D.M., a favor del acusado G.E., quienes pueden ser NOTIFICADOS, el primero al TELEFAX [...]; y el segundo al TELEFAX [...]. CUADRO FÁCTICO ACUSADO

"El día seis de octubre del año dos mil catorce, a eso de las catorce horas, en los contornos y del interior de la casa diez, de la Comunidad [...], Lotificación [...], Cantón [...], C.D., fueron detenido los imputados 1) K.S.M.H., alias [...] O [...], 2) F.A.G.E., alias [...], 3) D.V.G.E., alias [...], 4)J.L.M.M., alias [...], 5) F.N., alias [...], 6) ISRAEL OSWAL G.E., alias [...], en momentos que los agentes del puesto S.A. de nombre [...], [...] y [...], así como también agentes [...] y [...], destacados en el puesto policial de los Alpes escucharon vía radial que una patrulla solicitaba apoyo por encontrarse dentro de un intercambio de disparos con miembros de pandilla MS, y que estaban siendo atacados con armas de fuego, mencionaban a los alias [...], [...], [...], [...] o [...] y otros sujetos mas, y que estos perseguían a un miembro de la pandia M.M. alias [...], al escuchar lo anterior procedieron a darle apoyo a la patrulla ya que los sujetos se corrían a un lugar conocido por [...], siendo así que se desplazan a apoyarlos junto a otras patrullas policiales formando un cerco policial en la zona de la comunidad [...] cuando observaron a dos sujetos escondidos en la maleza frente a la vivienda descrita siendo estos los imputado K.S.M.H. alias el [...] o [...], y F.N. alias [...], a quienes le mandaron los comandos verbales y procedieron a requisarlos, encontrando al imputado KELVINA a la altura de la cintura, un arma de fuego tipo pistola marca no legible, modelo nueve quince, puk calibre nueve milímetros pavón deteriorada cacha de baquelita negra aprovisionada con tres cartuchos nueve milímetros y su respectivo cargador; el imputado no presento documentación, luego los agentes captores observan que cuatro sujetos trataban de ingresar a una vivienda, observándole al sujeto que portaba camisa blanca una escopeta en sus manos, por lo que todos los agentes que conformaban el dispositivo le dieron persecución, logrando detener a los imputados J.L.M.M. e ISRAEL O.G.E., estos fueron requisados y no se les encontró ningún objeto ilícito, luego los agentes ingresaron a la vivienda en la que intentaban ingresar los dos sujetos antes mencionados, y observaron al sujeto que portaba una escopeta el que vestía una camisa blanca y respondió al nombre de F.A.G.E., quien al ver la presencia policial lanzo la escopeta, y le mandaron los comandos verbales, luego procedieron a incautar la escopeta, y a solicitarle la documentación del arma, y este no presento ningún documento, según refirieron las victimas CLAVE CYMA, CLAVE CESAR Y CLAVE VOLTIO, que los sujetos retenidos son los que les dispararon y conformaban el grupo de aproximadamente ocho mareros de a MS, procedieron a hacerles saber el motivo por el cual quedaban en detención y los derechos y garantías que la ley les confiere". Los puntos sometidos a deliberación y votación; según lo dispuesto por el art. 380 Pr. Pn., fueron: En cuanto al número uno, fueron planteados incidentes tanto de la Representación, así como de la defensa, siendo estos los siguientes: La parte F. dijo: Que dado que no se cuenta con la presencia de la P. [...], y dado que es importante su presencia, solicita la SUSPENSION de la presente audiencia, por su parte, la Defensa plantea la nulidad absoluta de un acto urgente de comprobación realizado el siete de octubre de dos mil catorce en las bartolinas de la PNC 911, a las trece horas, la cual consistió en la toma de muestras microscópicas de las personas capturadas el seis de octubre, la nulidad se hace cuando no se hubiere proveído de defensor al imputado y no se observaren garantías constitucionales, a lo que este Tribunal resolvió lo siguiente: con respecto al incidente planteado por la Representación F., se realizo la Audiencia de vista Pública desfilando la prueba testimonial, pero al llegar a la Prueba pericial, el Juez considero que la falta del P. ocurrió por motivos ajenos a los que podía prever la Representación F., por lo que se suspendió la Audiencia de Vista Pública y se reprogramo para el día quince de Abril a las catorce horas, imponiéndosele a F.ía la obligación de presentar a la P.; por su parte, al incidente planteado por la Defensa Técnica de los imputados, el Juez aclaró: Que si nos vamos a las inspecciones corporales, debe verse que no hay intervenciones de tareas públicas, el F. tiene la potestad de realizarlo, no obstante se debe solicitar un defensor pero si no se proporciona, es posible de realizar, se entiende que se trataba de autorizar, pero no se tiene autoridad judicial pero se realizan los mecanismos y esos actos de investigación se hacen respetando el marco legal, por lo que no hay violación al debido proceso por lo que es pertinente que se controvierta la prueba de la cual se planteaba nulidad, cerrando así la parte incidental; por lo que se pasa al número dos del artículo antes referido. RELACIÓN DE LA PRUEBA VERTIDA EN JUICIO PRUEBA TESTIMONIAL

Clave "CESAR" dijo: Que está aquí por un procedimiento policial que se realizó el seis de octubre de dos mil catorce, que él junto a las otras claves realizaban pesquisas en la zona de la Colonia [...] de Ciudad D., se bajan de la ruta diecinueve y al bajarse en el lugar donde predomina la Pandilla mao mao, escucharon unos disparos, por lo que una señora les dijo a unos diez metros de la calle que va al [...], que unos sujetos con armas largas estaban en el sector de [...], por lo que ellos a la altura del desvío vieron a un pandillero de la M.M. corriendo al que conocen como [...], el lugar es una pendiente, es una pata de gallina el lugar al correr el [...], de la elevación de la calle les comienzan a disparar a ellos, lo hace uno de los pandilleros de las alturas de la MS, el que le dispara lo conoce por [...], [...], [...], [...], al ver a la persona lo identifica al [...] y [...] [...] portaba una escopeta doce, el [...] una pistola, los ve a una distancia de diez metros, los sujetos comenzaron a dispararles a ellos, pero al inicio les disparaban al [...], por lo que él se tira al suelo, la otra clave se cubre en un árbol, él y VOLTIO al suelo, el primer impacto le cae a unos diez centímetros de su pie, y luego le disparan a CIMA, le disparaba un sujeto conocido como [...]. Que ellos escuchan de treinta y cinco a treinta disparos, esto dura dos o tres minutos, los sujetos se dan a la fuga, el [...] les dijo que le habían puesto una trampa y que de [...] lo seguían, eran unos diez o quince sujetos, se va por el lado que da a la Autopista de Oro, el grupo de sujetos estaban divididos en dos, los que estaba en las alturas y los que seguían por [...], ellos les dan seguimiento, y pide apoyo y hay intercambio de disparos, les dan seguimiento a los sujetos, le piden apoyo, llegó más personas por los diferentes sectores y acordonaron así la zona, les comunican que en [...] frente a una casa capturan a unos sujetos, ellos llegan a la zona y los identifican, se encontró una escopeta al [...] y al [...] una nueve milímetros, [...] es blanco, de unos veintidós años, es conocido en la zona y hacia una semana que había sido detenido por una arma, también se encuentra al [...], de unos [...] años, pelo castaño. Que a los sujetos se les detuvo por la portaciones de armas y por los disparos que les realizaron. A preguntas del Licenciado M.L. dijo: Que trabaja desde hace siete años en la policía y tiene tres de pertenecer a investigaciones en Ciudad D., ellos salen a las diez de la mañana y trabajaron en el sector de C., que es más abajo del [...], entre C. y [...] hay como dos o tres kilómetros de distancia. Que al bajarse del bus iban para Ciudad D. y se bajan en los esfuerzos porque ahí tomaron los alimentos, eran como las trece horas. Que los disparos los escuchan al momento de bajarse del autobús, a una distancia de cuarenta a cincuenta metros. Que ellos al realizar pesquisas andan uniformados, ese día andaban uniformados, el portaba el radio. Que las pesquisas de investigación es lo más común. Que los tres portaban pistola S.W. nueve milímetros y Clave CYMA portaba un fusil G., ellos al escuchar los impactos se dirigen al lugar, el portaba la...

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