Sentencia nº 207-S-2013 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 18 de Junio de 2015

Fecha de Resolución18 de Junio de 2015
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia207-S-2013
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO

207-S-2013.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas y cincuenta minutos del dieciocho de junio de dos mil quince.

Por recibido oficio SV.MJSP.B2R.4.953.MA.1069.05.15. procedente del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, así como la documentación relacionada en el mismo, vinculada a carta rogatoria formulada por el Juez de lo Civil de Santa Tecla, departamento de La Libertad.

Al analizar la documentación, cabe destacar, que a efecto de dar cumplimiento a lo solicitado en la comisión rogatoria relacionada, el Consulado General de la República de El Salvador con sede en la Ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, citó al señor R.E.C.M., para que se presentara a sus instalaciones, con el objeto de hacerle saber su contenido; sin embargo el correo devolvió los citatorios por ser imposible su entrega, fs. 45.

Por tanto, con base en las razones antes expresadas y de conformidad con lo regulado en el artículo 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, esta Corte

RESUELVE:

REMÍTESE la comisión rogatoria al Juzgado de su procedencia, para los efectos legales pertinentes.

A.P.----------J.B.J.-----------E.S.B.R.---------SONIAD.S.-------M. REGALADO-----------O.BON.F.---------D.L.R. G. ------------R.M.F.H. ----DUEÑAS-----------------L.C.D.A.G.-------------JUANM.B. S----------------S.L. RIV. M. -------------------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y

MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.--------S.R.A..------------SRIA.-------RUBRICADAS.

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