Sentencia nº 73-3-2015 de Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, 29 de Abril de 2015

Fecha de Resolución29 de Abril de 2015
EmisorTribunal Quinto de Sentencia de San Salvador
Número de Sentencia73-3-2015
Sentido del FalloPosesión y Tenencia

73-3-2015. Sentencia Condenatoria con Reemplazo de la Pena Procedimiento Abreviado TRIBUNAL QUINTO DE SENTENCIA: San Salvador, a las quince horas con treinta minutos del día veintinueve de abril de dos mil quince. Visto en juicio oral y público el proceso penal codificado bajo el número 73-3-2015, instruido en contra del imputado: D.S.L.R., quien según interrogatorio de identificación manifestó ser [...] de edad, [...], anteriormente [...] con la señora [...], nació en San Salvador, el día [...], hijo de [...] y [...], con escolaridad hasta [...] grado, trabaja como [...], devengando de [...] dólares semanales, residente actualmente en Calle [...], Condominio [...], número [...], C.D., por atribuírsele la comisión del delito calificado como POSESIÓN Y TENENCIA, previsto y sancionado en el Art. 34 Inc. 2 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA. Figuran como partes técnicas: en calidad de Agente Auxiliar del Fiscal General de La República, la licenciada C.Y.I.A., y en calidad de Defensor Particular del procesado, el Licenciado S.A.A.P., ambos mayores de edad y abogados de la República. De conformidad a lo establecido en los Arts. 366 y siguientes, 380 y siguientes, en relación a los Arts. 17 Numeral 1), 53 inciso 4) del Código Procesal Penal, en relación con el Art. 34 Inc. 2° de la Ley Reguladora de las Actividades relativas a las Drogas, la acusación se sometió al conocimiento del Honorable Tribunal de Sentencia en forma unipersonal, conformado por el suscrito J., licenciado J.U.G., a cargo de quien estuvo la dirección de la audiencia y la redacción de esta sentencia; autoriza la presente, el Secretario de Actuaciones, Licenciado A.W.G.G.. HECHOS SOMETIDOS A JUICIO I.- Según la acusación fiscal y auto de apertura a juicio dictado por el Juzgado de Instrucción de D., los hechos acusados son los siguientes: "El día veintidós de noviembre de 2014, aproximadamente a las veinte horas con cuarenta y cinco minutos, cuando los agentes de la Policía Nacional Civil destacados en la sub delegación de D., [...] y [...], se encontraban realizando patrullaje preventivo a pie y transitaban frente a la Alcaldía Municipal de D., observaron a una persona del sexo masculino que se encontraba en el lugar, quien al notar la presencia policial adoptó una actitud de nerviosismo y de tratar de evadir a los agentes, por lo que de inmediato le mandaron los comandos verbales de alto policía, los cuales dicho individuo acató, procediendo el agente [...] a practicarle una requisa personal, encontrándole en la bolsa delantera derecha del "pants" que portaba, una bolsa plástica color negro, en cuyo interior habían varias porciones de material vegetal, en el interior cada una de ellas de bolsas plásticas transparentes, identificándolo con el nombre de D.S.L.R. y por presumirse que el material vegetal podría tratarse de droga, se le indicó a dicha persona que sería trasladada a la Sección A. con sede en D., para practicarle la prueba de campo, tomando la custodia de las evidencias el agente [...]; al llegar a tal lugar, fueron atendidos por el técnico en identificación de drogas, agente [...], a quien el agente [...] le hizo entrega de las evidencias y luego de practicar prueba de orientación en el material vegetal obtuvo un resultado positivo a marihuana, contabilizando un total de treinta y ocho porciones, por lo que a las veintiuno horas del mismo día, se le indicó a D.S.L.R. que estaba en situación de detención por el delito de Posesión y Tenencia con Fines de Tráfico, haciéndole saber los derechos que la ley le confiere" II.- Los hechos antes narrados han sido calificados por el Ministerio Público Fiscal y auto de apertura a juicio como POSESION Y TENENCIA, previsto y sancionado en el Art. 34 Inc. 2° de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas. III.- Las partes acordaron la aplicación de UN PROCEDIMIENTO ABREVIADO conforme a los Arts. 417y 418 Pr. Pn. La Representación Fiscal hizo un breve análisis de los hechos atribuidos al acusado D.S.L.R., los cuales se establecerían con la prueba documental y pericial admitida por el J. instructor, la confesión del procesado, y prueba testimonial de O.E.G.R., ya que el procesado portaba marihuana, acordándose como régimen de pena la de tres años de prisión. Por su parte la defensa técnica, refirió que: en defensa de los intereses del señor L.R., se llegó al acuerdo en cuanto a que solicitar la autorización de un procedimiento abreviado, ya que le ha explicado a su patrocinado las consecuencias del mismo y éste se encuentra de acuerdo y en virtud de ello confesará los hechos. Por su parte, el imputado D.S.L.R., manifestó estar de acuerdo con el procedimiento y si confesaría los hechos. El imputado prestó conformidad ante el suscrito J. y rindió la confesión. III.- El debate se inició y concluyó el día quince de abril de dos mil quince. IV.- En los procedimientos se han observado las prescripciones y términos de ley.

CONSIDERANDO

. Cerrados los debates, el S.J. se retiró a analizar la prueba, procediendo a la determinación de los puntos sometidos a decisión, conforme al Art. 394 CPP, los que se dan a conocer conforme a los siguientes fundamentos. I.- FUNDAMENTACIÓN DESCRIPTIVA Corresponde en este apartado relacionar todos los elementos de prueba que se sustraen de los diferentes medios probatorios que se incorporaron a la vista pública, que han sido tomados en consideración para sostener la decisión. 1. ACTO DE INVESTIGACIÓN POLICIAL Certificación extendida por el inspector [...], J. del Departamento de Investigaciones de la Delegación Ciudad D., el día catorce de enero de dos mil quince, de la Hoja de Recibo y Entrega de Evidencias, en la que se describe la Evidencia 1, correspondiente a treinta y ocho porciones pequeñas de material vegetal cada una de ellas en el interior de recortes de bolsas de plásticos transparentes anudada. Todo al interior de una bolsa de plástico de color negro anudada, incautada de la bolsa delantera derecha de pans que vestía el imputado. Agregada a fs. 67. 2. ACTO URGENTE DE INVESTIGACIÓN (Art. 196 CPP) Acta de detención en flagrancia del señor D.S.L.R., suscrita en el interior de la Sección A. del departamento de Investigaciones de la Policía Nacional Civil, ubicada en final calle principal de la Colonia Bolívar y kilometro cuatro y medio de la Carretera Troncal del Norte del municipio de Ciudad D., San Salvador; a las veintiún horas con cinco minutos del día veintidós del mes de noviembre del año dos mil catorce. Por los Agentes [...] y [...], por atribuírseles el delito de POSESION Y TENENCIA CON FINES DE TRAFICO, previsto y sancionado según el Artículo treinta y cuatro inciso tercero de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de la SALUD PUBLICA. Ocurriendo los hechos de la siguiente manera: Que este día a eso de las veinte horas con cuarenta y cinco minutos en ocasión que los Agentes realizaban, patrullaje preventivo a pie enfrente de la Alcaldía Municipal sobre la Calle [...] del Municipio de Ciudad D. del Departamento de San salvador, observamos a una persona del sexo masculino que se encontraba en el lugar; quien al ver la presencia policial mostro una actitud nerviosa y esquiva como queriendo evadirlos por lo que procedieron de inmediato a mandarle los comandos verbales de ALTÓ POLICIA, a lo que dicho sujeto obedeció, procediendo en ese momento a intervenirlo y mientras el Agente [...], brindaban seguridad cercana; el Agente [...], de conformidad a lo establecido en los artículos diecinueve de la Constitución y ciento noventa y seis del Código Procesal Penal procede a solicitarle al sujeto que se identificara mostrando su documento único de identidad personal número cero cuatro millones treinta y seis mil seiscientos ochenta y siete guión dos, quien corresponde al nombre de D.S.L.R., de veintidós años de edad, seguidamente procede a realizarle una requisa personal encontrándole en la bolsa delantera derecha del pans que vestía el sujeto en mención una bolsa de plástico de color negro anudada, la cual al proceder a verificar lo que contenía en su interior, observó...

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