Sentencia nº 302-CS-14 de Cámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 29 de Enero de 2015
| Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2015 |
| Emisor | Cámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador |
| Número de Sentencia | 302-CS-14 |
| Tipo de Resolución | Sentencia |
| Tipo de Juicio | Proceso Declarativo Común Reivindicatorio de Dominio |
| Tribunal de Origen | Juzgado de lo Civil de Soyapango |
302-CS-14
CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las once horas veintiún minutos de veintinueve de enero de dos mil quince.
Habiéndose concluido el trámite del recurso de apelación de la sentencia pronunciada por la señora Jueza de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas once minutos de siete de marzo de dos mil catorce, en el proceso declarativo común reivindicatorio de dominio promovido por don J.E.A.F., [...], [...], de este domicilio, por medio de su apoderada licenciada M.I.S.L., de este domicilio, y continuado por la abogada C.E.C.C., del domicilio de Mejicanos, ambas mayores de edad y abogadas, contra el señor I.R., [...], [...], del domicilio de Soyapango.
El fallo de la sentencia venida en apelación EXPRESA: "
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DECLARASE HA LUGAR LA ACCIÓN REIVINDICATORIA DE DOMINIO del inmueble propiedad del señor J.E.A.F., inscrito a su favor bajo la MATRICULA NÚMERO SEIS CERO CUATRO CERO [...] del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, ubicado en lote #216, R.B. delM., jurisdicción de Soyapango, departamento de San Salvador, con una extensión superficial de CIENTO DIEZ PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a un total de CIENTO CINCUENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, que se describe así: partiendo de la intersección de los ejes de Calle Acceso numero dos y Pasaje L-tres, con rumbo sur, dieciocho grados, cincuenta y nueve minutos Oeste, se mide sobre este último treinta y siete punto treinta metros, mas treinta y seis punto cincuenta y tres metros, en línea curva de radio ciento nueve punto setenta y cuatro, en este punto haciendo una deflexión izquierda con rumbo Sur cuarenta y ocho grados, treinta minutos Este y una distancia de tres metros se llega al mojón número uno, esquina Sur-Oeste, del lote que se describe así: AL SUR, partiendo del mojón numero uno con rumbo Sur cuarenta y ocho grados, treinta minutos Este y distancia de quince metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con el lote numero doscientos quince de la misma Urbanización; AL ORIENTE, del mojón numero dos con radio ciento veintisiete punto setenta y cuatro metros y distancia en línea curva de siete punto ochenta y nueve metros, se llega al mojón número tres, lindando por este lado con los lotes numero doscientos veintinueve y doscientos treinta de la misma Urbanización: AL NORTE, del mojón número tres con rumbo Norte, cincuenta y dos grados, diecisiete minutos Oeste, y distancia de quince metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con el lote numero doscientos diecisiete de la misma urbanización: AL PONIENTE, del mojón número cuatro con radio ciento doce punto setenta y cuatro metros y distancia en línea curva de seis punto noventa metros, se llega al mojón número uno, donde se inicio la presente descripción lindando por este lado con lotes numero doscientos seis y doscientos cinco de la misma Urbanización, pasaje "L" - tres de seis metros de ancho de por medio de propiedad de la misma Urbanización; B) ORDÉNASE al señor I.R., restituir a su titular el inmueble ubicado en lote #216, R.B. delM., jurisdicción de Soyapango, departamento de San Salvador, C) CONDENASE accesoriamente al pago de Costas Procesales al señor I.R., una vez justificadas por la parte actora se procederá conforme a lo dispuesto en los Arts. 271 y 272 del CPCM; y D) DE NO CUMPLIRSE CON LO ORDENADO procédase mediante la Ejecución Forzosa, a instancia de parte". (fs. 175 p.p.)
Ha intervenido en el proceso la parte demandante, como quedó dicho; y la parte demandada señor I.R., por medio su apoderado licenciado H.E.G.M., mayor de edad, abogado, de este domicilio.
LEÍDOS LOS AUTOS; Y,
CONSIDERANDO:
I-
.
La licenciada M.I.S.L., en el carácter antes relacionado presentó demanda; y en lo esencial EXPUSO: Y es el caso que el señor I.R. Según Escritura Pública de Compraventa con Pacto de Retroventa, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas treinta minutos del día catorce de Marzo del año dos mil ocho ante los oficios notariales de J.A.F.D., la cual presento debidamente certificada, ya que en su momento presentare el testimonio en original, inscrito bajo la matrícula SEIS CERO CUATRO CERO [...], del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro le vendió con pacto de retroventa a mi representado un inmueble de naturaleza Urbana identificado como Lote número DOSCIENTOS DIECISIS (sic) del Reparto Bosques del Matazano, jurisdicción de Soyapango, de un área de CIENTO DIEZ PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CINCUENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y DOS VARAS CUADRADAS; el que se describe partiendo de la intersección de los ejes de Calle Acceso Número Dos Pasaje L-tres con rumbo Sur, dieciocho grados, cincuenta y nueve minutos Oeste se mide sobre este último treinta y siete punto treinta metros, más treinta y seis puntos cincuenta y tres metros, en línea curva de radio ciento nueve punto setenta y cuatro, en este punto haciendo una deflexión izquierda con rumbo Sur cuarenta y ocho grados, treinta minutos Este y una distancia de tres metros se llega al mojón número uno, esquina Sur Oeste, del lote que se describe así: AL SUR: partiendo del mojón numero uno con rumbo Sur cuarenta y ocho grados, treinta minutos Este y distancia de quince metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con el lote numero doscientos quince de la misma Urbanización; AL ORIENTE, del mojón numero dos con radio ciento veintisiete punto setenta y cuatro metros y distancia en línea curva de siete punto ochenta y nueve metros, se llega al mojón número tres, lindando por este lado con los lotes numero doscientos veintinueve y doscientos treinta de la misma Urbanización: AL NORTE, del mojón número tres con rumbo Norte, cincuenta y dos grados, diecisiete minutos Oeste, y distancia de quince metros se llega al mojón número cuatro, con radio ciento doce punto setenta y cuatro metros y distancia en línea curva de seis punto noventa metros, se llega al mojón número uno, donde se inicio la presente descripción lindando por este lado con lotes numero doscientos seis y doscientos cinco de la misma Urbanización, pasaje "L" - tres de seis metros de ancho de por medio de propiedad de la misma Urbaniza, todos los lotes colindantes pertenecen a la misma urbanización y son o has (sic) sido propiedad de Bodewing Asociados, Sociedad Anónima. Inmueble que mi mandante valúa en la suma de DIECIOCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA y es el caso señor J. que dicho inmueble continua en posesión del señor R., de forma injustificada, que mi mandante en muchas oportunidades ha intentado que el señor I.R. le restituya la posesión de dicho inmueble y se le han otorgado plazos adicionales en los cuales se comprometió a desocupar el inmueble, pero llegado el momento y hasta la fecha no ha cumplido razón por la que acudo ante su digna autoridad a fin de que mediante los términos de Ley obligue al demandado a restituirle a mi mandante la posesión sobre dicho inmueble por ser éste como ya dije el legítimo propietario y para que ejerza los derechos reales y personales que por L. le corresponden. Por lo antes expuestos y con expresas instrucciones de mi poderdante vengo a demandar en Proceso Declarativo Común Reinvidicatorio (sic) de Dominio al actual poseedor del inmueble relacionado; señor I.R., (...) a efecto de que CONDENE A ÉSTE A RESTITUIR al señor J.E.A.F., el inmueble antes citado y que indebidamente se encuentra poseyendo el señor IVAN R. (...) por lo anteriormente expuesto LE PIDO: (...) c) Se condene en sentencia definitiva al demandado a restituir el inmueble antes mencionado a mi poderdante. Asimismo se condene a pagar las costas procesales que cause este proceso". (fs. 1 a 2 p.p.)
Presentó los documentos que obran de fs. 4 a
12 p.p.
En virtud de prevenciones formuladas, a fs. 15 p.p., el actor modificó la demanda y en lo esencial
EXPUSO: "(...) se propone como prueba documental el Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de inmueble con Pacto de Retroventa; para efecto de probar el derecho de propiedad que tiene el señor J.E.A.F. sobre el inmueble en litigio; y se propone prueba testimonial para efecto de probar que el señor I.R. esta en posesión del inmueble en mención. (...) lo que se pide en el presente proceso es el desalojo del inmueble por parte del señor I.R. ; para que mi representado pueda tomar posesión del mismo y ejercer los derechos que como dueño le corresponden. Por lo anteriormente expuesto LE PIDO: Se condene en sentencia definitiva a la demandada (sic) a restituir a mi poderdante el inmueble de su propiedad, anteriormente descrito, Asimismo se condene a la demandada (sic) a pagar las costas procesales que causa este proceso".
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SUSTANCIACIÓN DEL PROCESO.
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- EN PRIMERA INSTANCIA.
Por auto de fs. 17 p.p., se admitió la demanda y se ordenó emplazar al demando don I.R., para que contestara la demanda en el plazo de veinte días, acto de comunicación procesal que consta en acta de folio 26 p.p.
Según proveído de folio 38 p.p., se tuvo por parte al demando don I.R. por medio de su apoderado licenciado H.E.G.M., por contestada la demanda en sentido negativo, por alegada excepción de improponibilidad de la demanda.
A fs. 127 p.p. se señaló lugar, día y hora para la audiencia preparatoria, cuyo resultado consta en acta de fs. 163 a 166 p.p. en la que se hizo el respectivo señalamiento para la celebración de la audiencia de prueba, cuya acta está agregada de fs. 167 a 172 p.p.
El texto de la sentencia apelada se encuentra de fs. 173 a 175 p.p.
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- EN ESTA INSTANCIA.
Por auto de folios 14 a 15, se admitió el recurso de apelación interpuesto por don I.R. por medio de su apoderado licenciado H.E.G.M., a quien se le tuvo por parte como apelante y a fs. 31 se señaló lugar, día y hora para la audiencia de apelación, cuyo resultado consta en acta de fs. 47...
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