Sentencia nº 59-S-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 18 de Junio de 2015

Fecha de Resolución18 de Junio de 2015
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia59-S-2014
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO

59-S-2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las once horas del dieciocho de junio de dos mil quince.

Por recibido oficio MJSP.DJ.MA.166.01.2015, procedente del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, así como la documentación relacionada en el mismo, vinculada a carta rogatoria formulada por el Juez Cuarto de Familia de San Miguel.

Al analizar la documentación, cabe destacar, que a efecto de dar cumplimiento a lo solicitado en la comisión rogatoria relacionada, el Consulado General de la República de El Salvador con sede en la Ciudad de Montreal, Provincia de Quebec, Canadá, citó a la señora [...], para que se presentara a sus instalaciones, con el objeto de hacerle saber su contenido; se levantó acta en la cual se hace constar que la dirección proporcionada en la demanda para localizar a la demandada no existe, y el número de teléfono está fuera de servicio, fs. 20.

Por tanto, con base en las razones antes expresadas y de conformidad con lo regulado en el artículo 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, esta Corte

RESUELVE:

REMÍTESE la comisión rogatoria Juzgado de su procedencia, para los efectos legales pertinentes.

A.P..------ J. B. JAIME -------- E. S. BLANCO R. ------- SONIA DE SEGOVIA --------

M. REGALADO --------- O. BON F.------- D. L. R. GALINDO------- R. M. FORTIN H. ------DUEÑAS.--------- L.C.D.A.G. -------- J.M.B. S. ----------- S. L. RIV.

MARQUEZ ----------- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS

QUE LO SUSCRIBEN.------- S.R.A. -----SRIA.-------RUBRICADAS.

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