Sentencia nº 169-A-15 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 10 de Septiembre de 2015

Número de resolución169-A-15
Fecha10 Septiembre 2015
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador

169-A-15

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR A LAS ONCE HORAS DEL DÍA DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

El presente recurso ha sido presentado por la Licda. D.B.G.D.C., en representación de la señora [...], mayor de edad, O., del domicilio de Cobán, departamento de Alta Verapaz República de Guatemala, I. la resolución emitida por la JUEZA CUARTO DE FAMILIA DE SAN SALVADOR, L.. N.M.D.H., en Audiencia de Adecuación de Modalidades en lo que respecta al Régimen de Visita y Cuota de Alimentos de la adolescente [...] en el PROCESO DE DIVORCIO POR EL MOTIVO DE SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES DURANTE UNO O MÁS AÑOS CONSECUTIVOS entre la impetrante y el señor [...], mayor de edad, P., del domicilio de San Salvador Departamento de San Salvador, representado por el Lic. JORGE ANDRÉS M.

A. Ha intervenido también el Procurador de Familia adscrito al Tribunal, Licenciado ROMEO ALBERTO P.

I) La resolución que la Licda. D.B.G.D.C. pretende impugnar fue dictada a las nueve horas del día veinticinco de febrero del año dos mil quince según consta a fs. 409/414 en la Celebración de la Audiencia Especial de Adecuación de modalidades y en ella la A quo resolvió que para efectos del régimen de visita establecido entre la adolescente [...] y el padre señor [...] en la sentencia de divorcio, la entrega de la referida adolescente al padre se efectuará en la frontera de Anguiatú de territorio S. y que a efecto de evitar enfrentamientos entre los padres dicha entrega puede ser facilitada por los abuelos maternos (fs. 413 fte).

Inconforme con la resolución, la Licda. G.D.C., presentó escrito de apelación a fs. 416/420. Para decidir sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto, es determinante analizar si éste cumple con los requisitos de admisibilidad regulados en los Arts. 148, 150, 152 154, 156 y 158 L. Pr. F.

La resolución impugnada fue pronunciada en Audiencia de Adecuación de Modalidades resolviendo la A quo respecto al punto del régimen de visitas y en atención al Interés superior de la adolescente, [...], que la entrega de ésta se hará en la Frontera Anguiatú del lado de El Salvador. Ante dicha resolución la Licenciada G. DE C. interpone Recurso de Revocatoria del cual, la Juez A quo DECLARÓ SIN LUGAR. Al efecto es de señalar que el Art. 152 L.Pr.F., establece: "La resolución que decide la revocatoria no admite recurso alguno, salvo que contenga puntos no decididos en la inicial, en cuyo caso podrán interponerse los recursos...

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