Sentencia nº L-63-27-10-15 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 10 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2015
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaL-63-27-10-15
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso Individual de Trabajo
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Laboral, San Miguel

L-63-27-10-15

CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE: S.M., a las catorce horas y treinta minutos del día diez de noviembre de dos mil quince.-1 A fs. 14 de este incidente, está la certificación, en la cual el S. de este Tribunal, EXPRESA: ""Que según consta en la acta superior de fs. 57 v., de la pieza principal, de las diez horas y un minuto del día veintiséis de octubre del corriente año, en ese acto las licenciadas T.L.G.M. y K.M.A.B., fueron notificadas y emplazadas del auto de fs. 57 f. de la misma pieza, mediante el cual el juez a quo admitió el recurso de apelación contra la sentencia definitiva de fs. 49 f., a fs. 51 v., de la pieza principal, que interpuso la referida licenciada A.B., ambas defensoras públicas laborales, delegadas en esta ciudad por la señora Procuradora General de la República, y como representantes de la demandante señora LINLEY HAYLEY Á. R.; habiendo comparecido en esta instancia la apelante licenciada K.M.A.B., mediante su anterior escrito de fs. 10, de fecha tres de este mes de noviembre, pero presentado en esta Secretaría, a las diez horas y dos minutos del día cuatro de este mismo mes de noviembre; es decir que su apersonamiento en esta instancia, como parte apelante, en representación de dicha demandante, es extemporánea, ya que está fuera del término establecido en el Art. 575 C.T., para hacer uso de su derecho.---- ASI MI INFORME, el cual vierto para los efectos de ley, en la Secretaría de la CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE; S.M., a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día nueve de noviembre del año dos mil quince".-2 En el caso de autos, la providencia de fs. 57 f. de la pieza principal, en donde el juez a quo, admitió la apelación de la sentencia definitiva de fs. 49 f. al 51 v., de la misma pieza, le fue notificada a la licenciada K.M.A.B.; como ya se dijo en la certificación anteriormente transcrita, a las diez horas y un minuto del día veintiséis de octubre del presente año, y que consta en acta de notificación de fs. 57 v. de la pieza principal, por lo que el término legal para apersonarse como parte apelante en esta instancia, que le confiere el Art. 575 C. T., comenzó a correr a partir del día veintisiete de octubre y finalizó el día tres de noviembre del corriente año, ya que tal término comprende sólo días hábiles; pero en esta instancia la parte apelante por medio de la licenciada K.M.A.B., presentó el escrito agregado a fs. 10 de este incidente, el...

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