Sentencia nº 140-60CM1-2015 de Cámara Primera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 22 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2015
EmisorCámara Primera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia140-60CM1-2015
Tipo de ResoluciónAutos definitivos
Tipo de JuicioProceso Ejecutivo Mercantil
Tribunal de OrigenJuzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador

140-60CM1-2015 CÁMARA PRIMERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las diez horas y diez minutos del día veintidós de octubre de dos mil quince. Por recibido el oficio número 1108, suscrito por la señora Jueza "1" del Juzgado Primero de lo Civil y M. de esta ciudad, por medio del cual remite el proceso identificado bajo la referencia 112-EF-12-13, y Número Único de Expediente 06768-13-MREF-1CM1, juntamente con el escrito de interposición del recurso de apelación con sus respectivas copias. I- IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN FORZOSA Y PARTES. El presente recurso de apelación ha sido interpuesto contra el auto simple pronunciado por la señora Jueza "1" del Juzgado Primero de lo Civil y M. de San Salvador, a las diez horas del día treinta y uno de agosto de dos mil quince; en el procedimiento de Ejecución Forzosa de la sentencia dictada en el Proceso Ejecutivo M., solicitada por los L.R.M.C.C., N.E.J.N. y D.I.C.M., todos en su concepto de apoderados generales judiciales de la sociedad ejecutante, hoy apelada CÚMULOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CUMI, S.A. DE C.V., contra la curadora de la Herencia Yacente dejada por la causante señora RUPERTA DE LA P.G.V.D.V., conocida por RUPERTA DE LA P.G. y por P.G., Licenciada M.V.C.G., hoy representada por el señor JULIO C.V.G., como administrador y representante interino de los bienes dejados por la expresada causante. II- AUTO SIMPLE IMPUGNADO. La resolución de la que se apela en lo esencial dice: SE ADJUDICA el inmueble de Naturaleza Urbana ubicado en: Residencial [...], Lote Número [...], Polígono [...], Residencial [...], correspondiente a la ubicación geográfica de Zacamil, Mejicanos, departamento de San Salvador, inscrito a la matrícula número [...], con una extensión superficial de CINCUENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Extiéndase la certificación a la que se refiere el Art. 672 CPCM a fin que le sirva de legal título de dominio a la Sociedad CÚMULOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CUMI, S.A. DE C.V. El licenciado L.A.Z., en su calidad de apoderado del señor JULIO C.V.G., Administrador y Representante Interino de los bienes de la causante, señora Ruperta de la P.G. Viuda de V., conocida por RUPERTA DE LA P.G., y por P.G., no conforme con la resolución de fs. 178 a 180 fte., p.p., interpuso recurso de apelación, ante esta sede judicial como consta en el escrito de...

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