Sentencia nº 027-16-SO-F de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 24 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2016
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
Número de Sentencia027-16-SO-F
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso de Divorcio
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Sonsonate

027-16-SO-F

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: S.A., a las diez horas del día miércoles veinticuatro de febrero del año dos mil dieciséis- IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO

La presente providencia corresponde al expediente del Proceso de Divorcio procedente del Juzgado de Familia de Sonsonate con Número Único de Identificación SO-F-690(106-2)15, promovido por la señora [...], empleada, del domicilio de Valley Village, condado de Los Ángeles del Estado de California, Estados Unidos de América, contra el señor [...], empleado, actualmente del domicilio de la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América.- La parte demandante se encuentra representada judicialmente por su apoderado licenciado N.A.J.E., abogado, del domicilio de la ciudad y municipio de Sonsonate.- Todos son mayores de edad.- El Código de Familia, la Ley Procesal de Familia y el Código Procesal Civil y Mercantil, en lo sucesivo serán identificados sólo como "F.", "Pr.F." y "Pr.C.M." respectivamente y la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio, como "Ley Transitoria".- A las 11 horas 15 minutos del día 12 de octubre del año 2015 (fs.20), la señora J. de Familia de Sonsonate proveyó sentencia interlocutoria mediante la cual declaró inadmisible la demanda.- Inconforme con lo resuelto, el licenciado N.A.J.E. interpuso recurso de apelación contra tal decisión (fs. 22 al 24), por lo que la citada juzgadora tuvo por interpuesto el recurso y ordenó la remisión del expediente a esta Cámara, tal como consta a fs. 25.- El expediente del incidente de apelación abierto por este Tribunal de Segunda Instancia ha sido registrado con la referencia 027-16-SO-F.- ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE APELACIÓN

El recurso planteado por el profesional nominado reúne los requisitos legales para ser admitido y son los siguientes: [I] La procedencia del recurso es factible, pues la resolución impugnada está comprendida expresamente en la ley como apelable por ser una sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró inadmisible la demanda (art. 153 lit. "a" Pr.F.); [II]

quien interpuso el recurso tiene legitimidad procesal para hacerlo, es sujeto de la apelación por ser apoderado judicial de la demandante a quien le fue desfavorable la decisión (art. 154 Pr.F.); [III] lo planteó en forma, es decir por escrito (arts. 148 inc. 1° y 156 inc. 1° Pr.F.); [IV] lo propuso en tiempo, o sea dentro de los tres días siguientes a la notificación de la expresada sentencia interlocutoria (art. 148 inc. 1° y 156 inc. 1° Pr.F.); [V] indicó el punto impugnado de la decisión, el que declaró la inadmisibilidad de la demanda (art. 148 inc. 2° Pr.F.); [VI] la fundamentación del recurso fue planteada en el escrito de apelación; [VII] indicó la petición en concreto, que se revocara la resolución impugnada (art. 148 inc. 2° Pr.F.); y [VIII] la resolución que pretende, que se admitiera la demanda de divorcio interpuesta contra el señor [...] (art. 148 inc. 2° Pr.F.).- En virtud de lo anterior y de lo que dispone el inciso segundo del art. 160 Pr.F., se admite el recurso de apelación interpuesto por el licenciado N.A.J.E. contra la sentencia interlocutoria relacionada, por lo que se procede a su conocimiento y decisión.- HECHOS Y PRETENSIONES

Mediante escrito de demanda (fs. 1 al 4), la señora [...], por medio de su apoderado, promovió proceso de divorcio contra el señor [...], en base al ordinal 2° del art. 106 F. y a los siguientes hechos: que su representada y el señor [...] contrajeron matrimonio civil el once de junio del año dos mil cuatro; que el hogar conyugal fue en la colonia [...], pasaje [...], casa [...], del municipio de San Marcos, departamento de San Salvador, que procrearon una hija de nombre [...], de [...] años de edad, estudiante, del mismo domicilio de la demandante; que la señora [...] junto con el demandado y su hija estuvieron residiendo alrededor de tres meses en la colonia [...] antes mencionada, jurisdicción de San Marcos, San Salvador, desde la fecha del matrimonio, siendo que el día treinta de septiembre de 2004, los referidos señores junto con su hija deciden emigrar hacia los Estados Unidos debido a la situación de violencia y falta de seguridad existente aún hasta la fecha, estableciéndose en la ciudad de Valley Village, condado de Los Ángeles del Estado de California, Estados Unidos de América, pero es el caso que luego de una discusión que no viene al caso mencionar, el señor [...], abandonó el hogar, el día 18 de agosto del año 2013, residiendo siempre en la expresada ciudad de Valley Village, pero actualmente reside en la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América y desconoce su dirección exacta debido a que no desean tener ningún tipo de relación o contacto entre sí, sólo por la comunicación de la hija procreada en común, a quien el demandado ayuda en la manutención económica de la misma aportando la suma de $300 dólares mensuales, llegando a visitarla con regular frecuencia a fin de mantener sus relaciones afectivas de padre e hija; no así la relación conyugal con la demandante por no permitirlo de igual forma ella, por lo que ya no existe ningún tipo de comunidad de vida, entre los señores [...] y [...], desempeñando cada unos de ellos sus propias actividades laborales y cotidianas con absoluta independencia, uno del otro, sufragando cada uno sus propios gastos, no existiendo esa asistencia recíproca que demanda el art. 36 F., por lo que los fines del matrimonio ya no se cumplen y es deseo de la demandante que dicho vínculo matrimonial se disuelva a través del divorcio.- No solicita la demandante liquidar el régimen patrimonial debido a que no existe reclamo alguno, más que sólo se disuelva el matrimonio; tampoco solicita pensión compensatoria ni pensión alimenticia especial debido a que no cumplen los requisitos exigidos para su procedencia.- En relación a las pretensiones accesorias la demandante solicita continuar ejerciendo el cuidado personal de su hija [...], una cuota alimenticia de trescientos dólares mensuales, los cuales se han estado siendo efectivos el día treinta ó final de cada mes durante todo este tiempo que la señora [...] y el señor [...] han estado separados; además solicita un régimen de visitas, comunicación y estadía abierto o sin restricciones para que el demandado se relacione con su hija.- Se ofreció prueba documental y la testimonial de los señores [...] y [...], para demostrar la separación de los cónyuges, que es el motivo de divorcio invocado en la demanda.- DESARROLLO DEL PROCESO

PREVENCIONES: Mediante decreto de las 11 horas 15 minutos del día 13 de agosto de 2015 (fs. 16) la señora J. de Familia de Sonsonate previno al licenciado N.A.J.E.:

[1] respecto a la dirección del demandado no se establece una dirección exacta, por haber consignado en la demanda que está fuera del país, quien según la resolución citada está domiciliado en V.V., del condado de los Ángeles, California, Estados Unidos de América y se desconoce su lugar de residencia, por lo que le ordenó que indicara una dirección exacta a fin de ser emplazado en su lugar de residencia, no obstante que reside en el extranjero;

[2] que en la narración de los hechos se manifiesta que el demandado tiene comunicación con su hija y que tiene apoderada en el país, por lo que puede hacer una breve entrevista a la hija del demandado o a su apoderada a fin de que se brinde su dirección exacta, para darle cumplimiento al principio de...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex