Sentencia nº 24-A-2016 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 22 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2016
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia24-A-2016
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Declaratoria Judicial de Paternidad
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Soyapango

24-A-2016

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN CENTRO, SAN SALVADOR, A LAS NUEVE HORAS Y VEINTICUATRO MINUTOS DEL VEINTIDOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS.

El presente recurso de apelación ha sido interpuesto por el Licenciado L.A.S.R., mayor de edad, Abogado del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, quien actúa en calidad de Apoderado del señor [...], mayor de edad, soltero, empleado, del domicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, contra la Sentencia pronunciada por el JUEZ DE FAMILIA DE SOYAPANGO, Licenciado JULIO CESAR CHICAS MARQUEZ, en el proceso de DECLARATORIA JUDICIAL DE PATERNIDAD, con Referencia 05395-15-SOY-FMPF-0FM1, promovido por la señora [...], mayor de edad, soltera, estudiante, del domicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, quien es representada por el L.S.C.C.M., Defensor Público de Familia, mayor de edad, Abogado del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, contra el Impetrante. Intervino también la Licenciada E.G.B.V., Procuradora de Familia Adscrita al Tribunal.

  1. Antes de conocer el fondo del recurso es necesario analizar si éste reúne los requisitos de admisibilidad que exige la ley.

  2. La resolución que impugna el Licenciado L.A.S.R. corre agregada a fs. 64/66; la cual fue pronunciada por el A quo a las nueve horas del día lunes treinta de noviembre de dos mil quince, en la que se resolvió lo siguiente: "III. F. en concepto de cuota alimenticia la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO DOLARES mensuales, que el señor [...] deberá aportar al quedar ejecutoriada la sentencia y así sucesivamente, en beneficio de su menor hija, ya relacionada y los que serán retenidos del salario que devenga en la empresa [...]. y remitidos a la Procuraduría General de la República, lugar donde la señora [...], irá a retirarlos, para tal efecto oportunamente, líbrense los oficios correspondientes, y en el mes de diciembre de todos los años se le deberá retener el treinta por ciento del aguinaldo que recibiere en el mismo concepto. IV. F. en concepto de indemnización por daños morales al señor [...], la suma de TRES MIL DOLARES EXACTOS a razón de MIL QUINIENTOS para la demandante y MIL QUINIENTOS para su menor hija y los que deberán ser cancelados al quedar ejecutoriada esta sentencia, a través de cuotas mensuales y sucesivas por la suma de CIEN DOLARES cada una y que deben ser retenidas del salario que devenga en su lugar de trabajo y remitidas a la Procuraduría General de la Republica, lugar...

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