Sentencia nº APE-2-1-CPCM-2015 de Cámara de la Segunda Sección de Oriente, Usulutan, Cámaras de Apelaciones, 5 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2015
EmisorCámara de la Segunda Sección de Oriente, Usulutan
Número de SentenciaAPE-2-1-CPCM-2015
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso de Ejecución Forzosa
Tribunal de OrigenJuzgado de Primera Instancia de Jiquilisco

APE-2-1-CPCM-2015

CAMARA DE LA SEGUNDA SECCION DE ORIENTE, Usulután, a las once horas y cuarenta y seis minutos, del día cinco de Marzo, del año dos mil quince.-El presente recurso de apelación se ha interpuesto contra la RESOLUCION QUE DECLARA IMPROPONIBLE LA OPOSICION A LA EJECUCION, interpuesta por la Licenciada Y.E.A.A., Apoderada General Judicial con cláusula especial del Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, representado legalmente por el Señor A. Municipal D.B.M., resolución pronunciada a las once horas y treinta minutos del día veintidós de diciembre de dos mil catorce, por el J. del Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco en el Proceso de Ejecución Forzosa, promovido por el Licenciado: J.R.R.R., en calidad de Apoderado General Judicial de los señores: L.L.N., conocida también por L.L.N. y A.S.M., en contra de los señores: J.C.A.A., N.A.M. conocido por N.A.M.R., M.E.M.H., C.D., JUAN ANTONIO

M. S., C.G.C., X.E.R.A., D.H.R., R.A.P.R., W.D.J.S.H., J.A.C.R., quienes son representado judicialmente por la Licenciada LEYBI NOHEMY CLAROS RENDEROS.- Esta Cámara fue integrada por los M.D.M.L.A. y el Licenciado MARIO ANGEL GUANDIQUE MARTINEZ, siendo presidida por el primero de ellos.

Han intervenido en el presente proceso, en Primera y Segunda Instancia el Licenciado JOSE R.R.R., y LEYBI NOHEMY CLAROS RENDEROS, y en Segunda Instancia la Licenciada Y.E.A.A., y el L.R.R..- VISTOS LOS AUTOS, Y

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

DE HECHO:

  1. El Licenciado JOSE R.R.R., en el carácter en que actúa, con fecha uno de diciembre del año dos mil catorce, presento solicitud de Ejecución Forzosa, en la cual textualmente y en lo pertinente expuso: PRETENSION: Con expresas instrucciones de mis mandantes vengo ante su digna autoridad a solicitar Ejecución Forzosa en contra de los señores JOSE CATARINO A A., mayor de edad, Empleado, con Documento Único de Identidad número: [...]; N.A.M., mayor de edad, J., con Documento Único de identidad número: [...]; X.E.R.A., mayor de edad, Doméstica, con Documento Único de Identidad número: [...]; R.A.P.R., mayor de edad, Empleado, con Documento Único de Identidad número: [...]; WILFREDO DE J.S., mayor de edad, J., con Documento Único de Identidad número: [...]; C.G.C., mayor de edad, Domestica, con Documento Único de Identidad número: [...]; A.R.C., mayor de edad, J., con Documento Único de Identidad número: [...]; J.A.M.S., mayor de edad, J., con Documento Único de Identidad número: [...]; M.E.M.H., mayor de edad, J., con Documento Único de Identidad número: [...]; C.D., mayor de edad, J., con Documento Único de Identidad número: [...]; D.H.R., mayor de edad, J., con Documento Único de Identidad número: [...]; todos del domicilio de Jiquilisco del departamento de Usulután.- HECHOS: A las ocho horas y diez minutos del día diecinueve de junio del año dos mil catorce, su digna autoridad pronuncio Sentencia Definitiva, en el PROCESO CIVIL COMUN DECLARATIVO DE NULIDAD ABSOLUTA DE CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS Y NULIDAD DE CELEBRACION DE ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS DE ACASALAFE; ACUMULANDO LAS ACCIONES DE NULIDAD DE ELECCION DE JUNTA DIRECTIVA PARA EL PERIODO 2013-2015; LA CANCELACION DE LA INSCRIPCION DE LA JUNTA DIRECTIVA ELECTA PARA EL PERIODO 2013-2015, EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE JIQUILISCO Y SE DECLARE COMO LEGITIMA LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA ELECTA DE LA ASOCIACION COMUNAL ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE LA FE, CANTON EL COYOLITO, JURISDICCION DE JIQUILISCO, DEL DEPARTAMENTO DE USULUTAN, PARA EL PERIODO 2013-2015 Y SE ORDENE SU INSCRIPCION EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE JIQUILISCO, promovido por mi persona en calidad de Apoderado General Judicial de los señores L.L.N., conocida también por L.L.N., y A.S.M., en contra de los señores J.C.A.A., N.A.M., X.E.R.A., R.A.P.R., W.D.J.S., C.G.C., ATILIO R.

    C., J.A.M.S., M.E.M.H., C.D., y D.H.R., tramitado en ese Juzgado, bajo la Referencia Número: ALR-6-PDC-14; mediante dicha Sentencia se resolvió: A) A lugar el Proceso Civil Común Declarativo de Nulidad Absoluta; a) 1.- De convocatoria de Asamblea General de Socios; b) De celebración de Asamblea General de Socios de ACASALAFE; c) Elección de Junta Directiva para el periodo 20132015.- Declarase la nueva Junta Directiva electa de la asociación promovido por la señora L.L.N., conocida por L.L.N. y ABELINO SANTOS M,, representados Judicialmente por L.J.R.R.R., en contra de los señores J.C.A.A., N.A.M., X.E.R.A., R.A.P.R., W.D.J.S., C.G.C., A.R.C., J.A.M.S., M.E.M.H., C.D. y D.H.R., estos representados Judicialmente por L.N.C.R., 2.- DECLARESE LEGITIMA LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA representada por el presidente A.S.M., según el Libro de Actas que la Asociación ACASALAFE, llevó acabo en el Acta N° 40, celebrada a las catorce horas del día dieciocho de mayo del dos mil trece; donde fue electo como Presidente de la Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable La Fe, del Cantón El Coyolito Jurisdicción de Jiquilisco, departamento de Usulután, para el periodo 2013-2015; 3) ORDENESE LA CANCELACION DE LA INSCRIPCION DE LA JUNTA DIRECTIVA, presidida por el señor J.C.A.A., electa para el periodo 2013-2015; 4) O. al señor A. de la Alcaldía Municipal de Jiquilisco, cancelar la Junta Directiva presidida por el señor J.C.A.A., y en consecuencia líbrense los correspondientes oficios a la Alcaldía antes establecida. 5.-CONDENESE a las Costas Procesales a la Parte demandada.-NOTIFIQUESE.-Dicha Sentencia se encuentra agregada al Proceso de folios 166 a folios 199, de la Primera Pieza, Sentencia que fue confirmada en Apelación por la Cámara de Segunda Instancia de la Segunda Sección de Oriente con sede en la Ciudad de Usulután, la cual se encuentra agregada al Proceso de Fs. 253 al Fs. 267.-Sentencia que ha sido declarada y se encuentra firme.-OFRECIMIENTO DE PRUEBAS: PRUEBAS DOCUMENTALES: a) Copias Certificadas de Poderes Generales Judiciales, otorgado a mi favor por la señora L.L.N., conocida por L.L.N., y el señor A.S.M., con el cual legitimo la personería con que actuó. PETITORIO: Por lo antes expuesto PIDO: a) Me admita la presente solicitud; b) Se me tenga por parte en el carácter en que comparezco, c) Se dicte auto de Despacho de Ejecución, d) Se Acumule la presente solicitud al PROCESO CIVIL COMUN DECLARATIVO DE NULIDAD ABSOLUTA, tramitado bajo la Referencia ALR-6-PDC- 14. en ese mismo Juzgado. e) Librar Oficio al Concejo Municipal de esta ciudad de Jiquilisco a fin de que cancele la Inscripción de la Junta Directiva de ACASALAFE, presidida por el señor J.C.A.A., electa para el Periodo 2013-2015, que se detalla a continuación: Presidente: J.C.A.A.; VicePresidente: N.A.M.; S.X.E.R.A.; Pro-S. R.A.P.R.; Tesorero WILFREDO DE J.S.; Pro-T. C.G.C.; S.A.R.C.; Primer Vocal: J.A.M.S.; Segundo Vocal: M.E.M.H.; Tercer Vocal: C.D., Cuarto Vocal: DAVID H.

    R..- f) Libre oficio al Concejo Municipal de Jiquilisco, para que inscriba la nueva Junta Directiva de ACASALAFE; presidida por el señor A.S.M., según consta en el Libro de Actas que ACASALAFE, llevó en el año dos mil trece, en el Acta número 40, de Asamblea General, celebrada a las catorce horas del día dieciocho de mayo del dos mil trece, para el periodo de dos años a partir de su inscripción, la que se detalla a continuación: P.A.S.M.; V.P.: C.M.R., Secretaria: ROSA DEL CARMEN

    A.; Pro-S.: F.A.G.C.; T.: M.A.A.D.P.; Pro Tesorero: J.M.O.M., S.: LINO A.M.; Primer Vocal: M.M.H.; Segundo Vocal: M.E.R.B., Tercer Vocal: C.A.R..- g) Se ordene a la Junta Directiva presidida por el señor J.C.A.A., entregue todos los Documentos, B., dinero, recibos, Libros de control o cualquier otro bien mueble, objeto o cuentas que tengan a nombre de ACASALAFE. h) Se conceda un término prudencial de quince días al Concejo Municipal de Jiquilisco para que cancele la Junta Directiva de ACASALAFE, presidida por el señor J.C.A.A., y entregue C. a la Nueva Junta Directiva presidida por el señor A.S.M., para un periodo de dos años que contaron a partir de la legalización de su respectiva C..-i) Concédase un periodo de quince días a la Junta Directiva presidida por el señor J.C.A.A., para que realicen la entrega de los bienes propiedad de ACASALAFE, a la nueva Junta Directiva presidida por el señor A.S.M.

  2. Que por medio de auto pronunciado a las ocho horas y cuarenta minutos del día dos de diciembre del año dos mil catorce, el J. de Primera Instancia de Jiquilisco, tiene por Admitida la solicitud de Ejecución Forzosa, y a su vez ordena se libre oficio al Concejo Municipal de Jiquilisco, a fin de que se le de cumplimiento a la sentencia definitiva pronunciada a las ocho horas y diez minutos del día diecinueve de Junio de dos mil catorce, librando para ello un oficio en el que se ordena cancele la inscripción de la Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable LA FE, que se abrevia ACASALAFE, de la Jurisdicción de Jiquilisco, Departamento de Usulután, presidida por el señor J.C.A.A., y a fin que el Concejo Municipal de Jiquilisco, inscriba la nueva junta directa de la Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable LA FE, que se abrevia ACASALAFE, presidida por el señor A.S.M., los cuales fueron recibidos en la Alcaldía Municipal de Jiquilisco el día tres de diciembre de dos mil catorce.-

  3. Que a las doce horas y treinta minutos del día diez de diciembre de dos mil catorce, la Licenciada Y.E.A.A., Apoderada General Judicial con cláusula especial del Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, representado legalmente por el Señor A. Municipal D.B.M., presentó OPOSICION A LA SOLICITUD DE EJECUCION FORZOSA, quien textualmente y lo pertinente manifestó: Que en cumplimiento a esa comisión vengo a mostrarme parte en presentación del señor D.B.M., quien ha sido notificado a través del oficio No. 2223 por su Honorable Tribunal en la que se le concede un plazo hábil de 15 días, para que cancele la Junta Directiva de ACASALAFE, presidida por el señor J.C.A.A., y entregue credencial...

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