Sentencia nº 19-8CM1-2016 de Cámara Primera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 11 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2016
EmisorCámara Primera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia19-8CM1-2016
Tipo de ResoluciónAutos definitivos
Tipo de JuicioProceso de Ejecución Forzosa
Tribunal de OrigenJuzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador.

19-8CM1-2016 CÁMARA PRIMERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las ocho horas y veinticuatro minutos del día once de febrero de dos mil dieciséis. Por recibido el oficio número 87, suscrito por la señora Jueza "1" del Juzgado Primero de lo Civil y M. de esta ciudad, por medio del cual remite el proceso identificado bajo la referencia 31-EF-12-12, y Número Único de Expediente 06710-12-EF-1CM1, el escrito de interposición del recurso de apelación, las copias respectivas y una fotocopia certificada del poder general judicial. I. IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN FORZOSA Y PARTES. El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto contra el auto simple pronunciado por la señora Jueza "1" del Juzgado Primero de lo Civil y M. de San Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del día veintitrés de diciembre de dos mil quince, en la Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada en el Proceso Especial Ejecutivo M., promovido por el Licenciado R.A.V.P., en su concepto de apoderado general judicial con cláusula especial de la sociedad ejecutante, PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, DE CAPITAL VARIABLE, contra los ejecutados señores M.D.J.S.F. y J.P.A.L. este último, ahora apelante, representado por su procurador Licenciado ARTURO A.P.G. II. AUTO SIMPLE IMPUGNADO. La parte resolutiva de la providencia recurrida en lo pertinente: a) SE DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE REVOCATORIA interpuesto en contra de la resolución de las ocho horas y ocho minutos del día treinta y uno de agosto del presente año por el licenciado J.A.F.O. b) SE DECLARA SIN LUGAR extender certificación del presente expediente ya que la misma fue extendida y retirada el día siete de octubre del presente año por la parte ejecutada por medio del señor A.A.P.G., según consta a fs. 233 vuelto del presente expediente. c) SE ORDENA LA ENTREGA MATERIAL del inmueble ubicado en: Cantón [...] Jurisdicción de la Palma, correspondiente a la ubicación geográfica de [...], La Palma, Departamento de Chalatenango inscrito bajo la matrícula número [...] a la sociedad PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE en su calidad de adjudicante por medio de su Procurador licenciado R.A.V.P. y para tal efecto líbrese auxilio judicial al Juzgado de Paz de esa circunscripción territorial para que señale día y hora para ello, y en caso de estar ocupado el mismo...

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