Sentencia nº INC-938-2014 de Cámara Primera de Lo Laboral, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 2 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2015
EmisorCámara Primera de Lo Laboral, San Salvador
Número de SentenciaINC-938-2014
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioJuicio Individual Ordinario de Trabajo
Tribunal de OrigenJuzgado Quinto de lo Laboral de San Salvador

INC-938-2015

CAMARA PRIMERO DE LO LABORAL: San Salvador, a las nueve horas del día dos de septiembre de dos mil quince.-

VISTOS en apelación de la sentencia pronunciada por el señor Juez Quinto de lo Laboral de este Departamento, a las quince horas y treinta minutos del día dieciocho de septiembre del dos mil catorce, en el Juicio Individual Ordinario de Trabajo promovido por la Licenciada J.G.P.D., y continuado por los L.K.L.G.N., R.A.V.G. y J.M.Z., en su calidad de Defensores Públicos Laborales actuando en nombre y representación del trabajador M.A.S.M., contra el señor W.A.U.O. demandado como W.U.O., reclamando Indemnización por despido injusto y demás prestaciones laborales, sentencia en la cual se resolvió lo siguiente: "(...)

FALLO

. 1) D. Terminado el Contrato Individual de Trabajo que existió entre el trabajador M.A.S.M. y el patrono señor W.A.U.O. demandado como W.U.O., 2) CONDENASE al patrono señor W.A.U.O. demandado como W.U.O., a pagar al trabajador M.A.S.M. la cantidad de SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES DÓLARES CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR de los Estados Unidos de América, en los conceptos siguientes: a) DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO DÓLARES CON DOCE CENTAVOS DE DÓLAR en concepto de Indemnización por despido; b) CIENTO CINCUENTA Y CUATRO DÓLARES CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR en concepto de vacación proporcional; c) CUARENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR en concepto de A. proporcional; d) TRESCIENTOS DÓLARES exactos, en concepto de salarios caídos en primera instancia. HAGASE SABER.- (...)".-

Intervinieron como partes en primera instancia los Defensores Públicos Laborales antes nominados actuando en nombre y representación del trabajador demandante y los L.I.I.C.R. y E.A.C.G., en sus calidades de Apoderados Generales Judiciales con Facultades Especiales del demandado. En la presente instancia se apersonaron los L.C.G. y G.B., actuando en las calidades ya dichas, mayores de edad, abogados, y de este domicilio.

LEIDOS LOS AUTOS;

ANTECEDENTES

DE HECHO:

Que con fecha catorce de enero de dos mil catorce, la Licenciada JUANA GRACIELA P.

D., presentó demanda, que corre agregada a fs. 1 de la pieza principal.

Que según consta en autos se siguió el trámite de ley en el curso de primera instancia

hasta pronunciarse sentencia, contra la que se interpuso recurso de apelación, siendo el motivo por el cual este Tribunal conoce del juicio en grado.

El señor J. a quo condenó al demandado de todas y cada una de las pretensiones incoadas en la demanda de mérito, por considerar que: "(...) En el presente juicio la parte actora presento (sic) como pruebas la declaración del testigo J.D.U.M., y la Declaración de Parte contraria del señor W.A.U.O. en su calidad de patrono demandado, quien por no haber comparecido sin justa causa se le aplica el Art. 347 CPCM...

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