Sentencia nº 119-P-2015 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 18 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2016
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia119-P-2015
Tipo de ProcesoPAREATIS
Tipo de JuicioDiligencias de Adopción

119-P-2015. MS.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas y treinta y cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil dieciséis.

Recibido el escrito de fs. 26, presentado por la licenciada Y.N.M. de V., actuando en calidad de apoderada de de los señores [...], mediante el cual evacúa la prevención que le fue formulada por esta Corte, en ocasión que presentó auto de pareatis, a efecto de que se le concediera a sus poderdantes permiso para ejecutar la sentencia de adopción pronunciada por el Tribunal Ordinario de Turín, República de Italia.

En virtud de la facultad que le es conferida a esta Corte mediante el artículo 182 atribución de la Constitución de la República de El Salvador, se llevó a cabo un análisis minucioso a efecto de determinar si el auto de pareatis presentado ante este Tribunal, así como la documentación relacionada en el mismo, se ajustaban al ordenamiento jurídico vigente para este país, habiéndose constatado que se cumplen los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico salvadoreño para la homologación de títulos extranjeros.

POR TANTO: de acuerdo con las razones expuestas y de conformidad con lo regulado en los artículos 182 atribución de la Constitución de la República de El Salvador, 216, 217, 218, 555, 556 y 558 del Código Procesal Civil y M., a nombre de la República de El Salvador, esta CORTE

FALLA:

  1. CONCÉDESE permiso para ejecutar la sentencia pronunciada por el Tribunal Ordinario de Turín, República de Italia, concediendo la adopción de los señores [...] y otórguesele plenos efectos.

  2. DEVUÉLVASE la ejecutoria a la licenciada Y.N.M. de V., junto con la

documentación que la acompaña. HÁGASE SABER.

A.P..----------F.M..-----------J.B.J..---------E. S. BLANCO R.------M.

REGALADO.-------O. BON F.------A. L. JEREZ.------D.L.R.G..-------R.N.G..--------L. R. MURCIA.-----DUEÑAS.---------P.V.C.------S. L. RIV. M..-------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.-------S.R.A..------SRIA.------RUBRICADAS.

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