Sentencia nº 8-3CM-16-A de Cámara Segunda de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 18 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2016
EmisorCámara Segunda de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia8-3CM-16-A
Tipo de ResoluciónAutos definitivos
Tipo de JuicioProceso Ejecutivo Mercantil
Tribunal de OrigenJuzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Salvador

8-3CM-16-A. CÁMARA SEGUNDA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las ocho horas con cuarenta minutos del día dieciocho de febrero de dos mil dieciséis. Por recibido el oficio N°225, procedente del Juzgado Tercero de lo Civil y M. de esta ciudad; adjunto el Proceso Ejecutivo M., promovido por el licenciado M.A.R.R., en calidad de apoderada general judicial del BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra del señor M.A.G.C. por apelación interpuesta contra la sentencia definitiva pronunciada a las quince horas del día veinticinco de enero de dos mil dieciséis, por el juzgado antes citado. Agréguese el escrito de interposición del recurso presentado por el licenciado H.A.R.M., en calidad de apoderado general judicial del demandado señor M.A.G.C. Sobre la procedencia del recurso de apelación interpuesto, esta Cámara hace las consideraciones siguientes: El art. 513 CPCM, impone a los Tribunales competentes para conocer del recurso de apelación, la obligación de realizar el examen de admisibilidad del recurso, es decir, que el tribunal de alzada previo a admitir el...

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