Sentencia nº 33-AQCM-16 de Cámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 23 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2016
EmisorCámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia33-AQCM-16
Tipo de ResoluciónSentencia
Tipo de JuicioProceso de Autorización de Despido
Tribunal de OrigenJuzgado de Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador

33-AQCM-16

CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las catorce horas de veintitrés de febrero de dos mil dieciséis.

Por recibido el oficio N° 196, de fecha cuatro de los corrientes, procedente del Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil, junto con proceso de Autorización de Despido, promovido por el Municipio de San Salvador, inicialmente por medio del doctor N.N.Q.G., y actualmente por el señor N.A.B.O., en sus calidades de Alcaldes Municipales de San Salvador y representantes del Concejo Municipal, ambos a través de su apoderado licenciado R.G.A., contra los señores E.A.C.L. y MIGUEL ÁNGEL C. L.

Agréguese el escrito suscrito por el señor Juez de Paz de Santo Tomás licenciado C.A.V.H., en su calidad de Juez Interino del Juzgado Quinto de lo Civil y M., y sobre lo solicitado se hacen las siguientes consideraciones:

ANTECEDENTES

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El licenciado C.A.V.H., como Juez Interino del Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil, en informe presentado en esta Cámara en lo pertinente EXPRESA: "Que fui llamado por el Pleno de la Honorable C.S.J., para hacerme cargo del Juzgado Quinto de lo Civil y M., del Municipio de San Salvador, durante el día cuatro de febrero del presente año... Al instalarse la Audiencia del día 04/02/16, cuál fue mi sorpresa al percatarme que uno de los demandados es el Lic. M.Á.C.L., con el cual me unen lazos de amistad y fraternidad, desde hace más de treinta años, cuando fuimos jóvenes y nos conocimos en la Facultad de Jurisprudencia y ciencias Sociales de la Universidad Dr. José Matías Delgado... Honorables Señorías, sinceramente para mi persona resulta incómodo y espinoso, si la situación lo apremiara, tener que recibir las pruebas contra dichos demandados, y en su momento proceder a resolver el despido; honestamente me resulta difícil esquivar al amigo, el cual hasta se me acerca para saludarme con efusión, al final de estas primeras diligencias. En otra posible conciliación con el concejo del alcalde en funciones N.A.B.O., no he podido evitar dicho saludo y escueta conversación, obviamente sobre otros asuntos de nuestras vidas personales, estas circunstancias han sido advertidas por la Secretaria de dicho Juzgado, y otros Colaboradores Judiciales, no sé, al final

de sus reacciones o comentarios... En conclusión, y a efecto de no vulnerar derechos Constitucionales de las partes, de conformidad a lo establecido en los artículos dieciocho de la Constitución de la República...

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