Sentencia nº INC-APEL-364-2015 de Cámara Primera de Lo Laboral, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 27 de Julio de 2015
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2015 |
Emisor | Cámara Primera de Lo Laboral, San Salvador |
Número de Sentencia | INC-APEL-364-2015 |
Tipo de Resolución | Sentencia Definitiva |
Tipo de Juicio | Juicio Individual Ordinario de Trabajo |
Tribunal de Origen | Juzgado Primero de lo Laboral, San Salvador |
INC-APEL-364-2015
CAMARA PRIMERA DE LO LABORAL: San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día veintisiete de julio de dos mil quince.
VISTOS en apelación de la sentencia pronunciada por la señora Juez primero de lo Laboral de este Departamento, a las ocho horas del día dieciséis de abril de dos mil quince, en el Juicio Individual Ordinario de Trabajo promovido por la Licenciada K.L.E.G. y continuado por los L.L.M.P.A. y R.J.V.H., todos en calidad de Defensores Públicos Laborales en nombre y representación de la trabajadora N.C.T.T., contra el señor J.A.G.C. , reclamando; indemnización por despido injusto y otras prestaciones laborales, sentencia en la cual se resolvió lo siguiente: "(...)
1) DECLARASE TERMINADO EL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO que vinculó a las partes con responsabilidad patronal. 2) CONDENASE al señor JAIME ALBERTO
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C. a pagar a la trabajadora N.C.T.T. la cantidad de: UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES DÓLARES, SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, así: a) TRESCIENTOS VEINTISEIS DOLARES, NOVENTA Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de indemnización por despido injusto; b) DOSCIENTOS DOCE DÓLARES, SESENTA CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de vacación proporcional; c) DIEZ DOLARES CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de aguinaldo proporcional; d) TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO, ONCE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de salarios adeudados reclamados del uno de diciembre de dos mil catorce al dos de enero del año dos mil quince, y e) CUATROCIENTOS OCHO DÓLARES, CUARENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de salarios caídos en esta instancia, en el Juicio Individual Ordinario de Trabajo promovido por la Licenciada K.L.E.G., en su calidad de Defensora Pública Laboral en nombre y representación de la trabajadora demandante. HÁGASE SABER.- (...)".
Intervinieron como partes en primera instancia los Defensores Públicos Laborales antes nominados en nombre y representación del trabajador demandante, no así la parte demandada por haber sido declarada rebelde. En la presente instancia se apersonaron los L.B.C., en calidad de Apoderada General Judicial del demandado y P.A., actuando en la calidad ya dicha. Ambos mayores de edad, abogados, de los domicilios de...
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